Sábado 18, Mayo 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Nacionales

LEY PERDONARÍA DEUDAS A H SOLÍS, YANBER Y ALDESA

No pagarían multas ni intereses a la CCSS

Empresas como H Solís no deberían pagar recargos, multas ni intereses por deudas con la Caja.

La ley aprobada en primer debate para condonar deudas con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) favorece a empresas como H Solís, Yanber, Aldesa, Viajes Colón y Sánchez Carvajal.
De acogerse a esta, las compañías no tendrían que pagar recargos, multas ni intereses porque beneficia tanto a patronos como a trabajadores independientes.
No obstante, en el caso de los empleadores sí deberían hacerse cargo del principal. Así lo manifestó Gustavo Picado, gerente financiero de la institución, ante una consulta de DIARIO EXTRA.
Estas empresas deben cada una más de ¢57 millones a la Seguridad Social por concepto de cuotas obrero patronales. Picado explicó que el principal no se puede condonar porque es dinero de los trabajadores (ver recuadro).
De hecho, si las empresas lo rebajaron a los empleados y no lo trasladaron a la Caja se podría estar en presencia de un delito que se conoce como retención indebida.
La mayoría de estas compañías enfrenta un proceso judicial en este momento, ya sea de tipo penal o concursal, y ha alegado falta de liquidez para hacerles frente a sus obligaciones.
Todavía falta que la ley se apruebe en segundo debate, requiere revisión por parte de la Sala Constitucional y la junta directiva de la CCSS, pero si todo sale bien podrían acogerse los patronos que están en cobro administrativo y judicial.
“La ley que se aprobó en primer debate no tiene especificidad sobre las empresas que se pueden ver beneficiadas. Se incluye también las que están en proceso de cobro administrativo, esas son las que no aparecen en la base de datos, pero tienen un proceso de cobro en curso”, manifestó.
Otros rubros que los patronos deben pagar y no estarían sujetos al perdón de la Caja serían los gastos médicos, si hay pendientes; es decir, cualquier prestación de servicio a sus trabajadores mientras la empresa estuvo morosa, incluyendo incapacidades y licencias por maternidad.
De acuerdo con Picado, en el caso de los empleadores, la condonación podría resultar positiva pues generaría ingresos frescos a la CCSS por un monto que ronda los ¢5 mil millones.
La idea es recuperar lo que se había dejado de percibir y algo que resalta la institución es que se trata de una medida temporal.
La ley dice en el artículo 6 que la condonación comprende los adeudos pendientes de pago por multas, recargos e intereses que superen un año de antigüedad, contados a partir del momento de entrada en vigencia de la normativa.

¿A QUIÉNES BENEFICIA?

Si usted es patrono y está en alguna de estas condiciones puede acogerse al beneficio de esta ley para no pagar multas, recargos e intereses, pero debe desembolsar el principal. Todo esto en caso de que se apruebe en segundo debate y cuente con el visto bueno de la CCSS.

-    Quienes tengan en proceso una investigación administrativa iniciada por no pago de cuotas y no exista todavía una resolución en firme.
-   Quienes tengan deudas en cobro administrativo.
-    Quienes tengan deudas en cobro judicial. No obstante, el patrono deberá pagar las sumas correspondientes a los gastos incurridos por la Caja Costarricense de Seguro Social, por concepto de honorarios profesionales.

Fuente: Ley aprobada en primer debate

EN CIFRAS

Estas son las deudas que reportan estas empresas con la Seguridad Social.

-    Yanber ..... ¢535 millones
-    Aldesa Corporación .... ¢57 millones
-    H Solís ....¢209 millones
-    Viajes Colón ....¢253 millones
-    Sánchez Carvajal .... ¢572 millones

Fuente: CCSS

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Jueves 26 Agosto, 2021

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA