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Sucesos

Denuncian defensora de los Habitantes ante Contraloría

Expostulante al cargo, San José

  • Rosa Vindas denuncia que la defensora Catalina Crespo no cumple los requisitos para ocupar el puesto. Acá junto a su abogado Josep Rivera

  • En esta carta el jefe de Recursos Humanos de la Defensoría le señala a Vindas que Crespo devolvió el dinero de prohibición, pero la ley le exige recibirlo.

“La defensora de los Habitantes Catalina Crespo no tiene los requisitos de ley para ejercer el puesto y tiene 11 meses ejerciéndolo”, con ese argumento la señora Rosa Vindas denunció a la actual funcionaria.
Vindas, quien es directora de Recursos Humanos en una universidad pública, máster en Comercio Internacional, licenciada en Recursos Humanos con una especialidad en Gestión de Competencias y pronto licenciada en Derecho, participó en la elección para defensora de los Habitantes,
Ella denunció que no procede el nombramiento de la señora Crespo ya que no cuenta con la condición académica requerida por las leyes de nuestro país para ejercer ese cargo.
“Llevo 11 meses en esta lucha por demostrar la no procedencia del nombramiento de la defensora actual, acudo al órgano contralor quien es llamado a velar por el cumplimiento de la Ley 8.422, en el tanto la defensora no cumple lo dictado en su artículo 14 y a la fecha las autoridades internas de la Defensoría (oficina de Recursos Humanos), según las gestiones que he realizado personalmente, no me dan respuesta de mi consulta sobre esta situación de mera legalidad”, aduce.
Vindas no tiene certeza de que la auditoría interna de la Defensoría se hubiese pronunciado al respecto.
“Claramente en la ley de la Defensoría, en sus artículos 4 y 9, aunada a lo establecido por la nueva Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas en su artículo 31, en su punto #3, y el artículo 14 de la Ley 8.422 contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, todas ellas indican la obligatoriedad de que el cargo de defensor de los Habitantes tiene que contar con la prohibición del ejercicio de la profesión, para lo cual se debe contar con el requisito de incorporación a un colegio profesional para ejercer dicho cargo”, advierte.

NO ESTÁ COLEGIADA

Según Vindas, la jerarca Crespo no cuenta con la condición acreditada de profesional que le permita ser colegiada.
“Ella solo tiene un título académico de bachiller en Psicología, pero no es reconocida como profesional para poder ejercer este o cualquier cargo que se deba sustentar en dicho título, según la Ley 6.144 del Colegio de Psicólogos, para que pueda ejercer formalmente en nuestro país en los términos con que legalmente se puede ejercer en Costa Rica”.
Esta situación queda más clara con la Ley 9.635 de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, que en su artículo 31 punto 3, aprobada 8 días antes de su nombramiento, indica: “Para poder acceder a la prohibición se debe estar colegiado y si esto no es posible no se puede estar ejerciendo un cargo que por ley establece la prohibición.
La prohibición no es renunciable, sin embargo la oficina de Recursos Humanos y autoridades de control y fiscalización de la Defensoría se lo han permitido a la señora Crespo bajo el argumento de que es un nombramiento proveniente de la Asamblea Legislativa, por votación de los diputados”.
Sin embargo, cabe destacar que en las leyes mencionadas no hay excepción para el cumplimiento, pues señala Vindas que “es evidente que en este caso se han dejado de velar por la Ley de Enriquecimiento Ilícito, entre otras, en su artículo 14 por la cual debe velar la Controlaría General de la República a través del auditor interno de dicha dependencia, no se está cumpliendo o ha estado ausente, ya por 11 meses y se ha permitido que la señora Crespo haya renunciado a la prohibición o que ejecute el puesto sin este requisito de ley”.
Con todas estas implicaciones y tratándose de presuntos aspectos de corrupción en la toma del erario público, Vindas ha acudido a diferentes órganos para demostrar que la señora Catalina Crespo no contaba con los requisitos de ley para optar ni ser nombrada.
Pero a Vindas le han cerrado las puertas por errores o malos planeamientos del caso, por lo cual decidió presentar la denuncia ante el ente contralor.

DIRECTOR ACEPTA

En enero del 2019 el director de Recursos Humanos de la Defensoría, Hernán Rojas, aceptó que Crespo no puede acceder a la prohibición y por ende se devuelve el dinero, pero no ha mostrado a la fecha el título que le permita colegiarse.
“Una cosa es que la Asamblea haya pasado el nombramiento de la defensora y otra es que usted deje de aplicar la norma, la señora defensora solo es bachiller, en Consejo Nacional de Rectores (Conare) no hay título equiparado, la consulta se hizo al Colegio de Psicólogos y me dijeron que no es colegiada y al no ser colegiada no puede tener prohibición.
El Colegio de Psicólogos le escribe a Recursos Humanos, pero aun así don Hernán le da la prohibición y de licenciatura, eso huele a chorizo”, acotó Vindas.
Vindas aduce que el error inicia con la votación de los diputados al escogerla, pues no ven que a la hora de nombrar a Crespo hay una nueva Ley 9.635 vigente.

PERIODISTA: Alexander Méndez

CRÉDITOS: Fotos: Jesús Ramírez

EMAIL: [email protected]

Lunes 04 Noviembre, 2019

HORA: 12:00 AM

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