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Opinión

Los abogados de defensa de la víctima y su capacidad profesional

Lic. Gerardo Morales / La Ley a su Alcance

CONSULTA: Estimado don Gerardo, yo fui víctima de un atentado, prácticamente de un feminicidio, pues me tiraron de una estructura y caí tres metros abajo. Ya llevo varias operaciones, reposo, medicinas, paliativos para el dolor, cirugías reconstructivas en el rostro y, después de más de tres años de proceso judicial, el tipo agresor anda libre. Fui a la Oficina de Defensa de la Víctima, pero el abogado que me atendió dijo que no conocía nada del proceso, por lo que desconfié y ando en busca de un penalista privado. El problema es el dinero, y quiero saber qué me aconseja.

 

RESPUESTA: Los profesionales que laboran para el Ministerio Público en particular, y la gran mayoría de jueces y funcionarios de otras especialidades, son personas capacitadas, probadas, examinadas y nombradas porque cumplen con los conocimientos para el desempeño de sus labores.

En el caso de los abogados que representan a las víctimas, la aparente gratuidad de sus servicios lleva a conclusiones equivocadas, como que no les ponen interés a los casos, y eso es incorrecto.

En primer lugar, son profesionales graduados, experimentados, y que, como cualquier funcionario responsable, debe conocer el expediente. La afirmación de que no conoce el asunto es lógica si usted le habló por primera vez, y muestra de su profesionalismo es confesar que desconoce el expediente. Pero antes de retirarse de una atención que no dudo será adecuada, dele las facilidades, copie el expediente, entrégueselo para que lo estudie, y tenga varias sesiones con ese profesional de oficio. Será un servicio gratuito para usted si no tiene los medios económicos, pero, si existe condenatoria contra el agresor, deberá pagarle al Ministerio Público las costas a las que sea condenado.

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Miércoles 31 Julio, 2019

HORA: 12:00 AM

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