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Nacionales

Diputados deben definir cuáles servicios son esenciales

Insiste la Contraloría en criterio sobre proyecto 21.049

La CGR les reiteró a los diputados que para el tema de huelgas deben definir qué son los servicios esenciales, lo cual queda bajo su discreción

En el análisis del texto sustitutivo del proyecto denominado “Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos”, tramitado bajo el expediente 21.193, la Contraloría General de la República (CGR) volvió a insistir a los diputados que les corresponde definir qué es un servicio esencial.

La entidad fiscalizadora del Estado recibió el texto sustitutivo para su estudio, tras el análisis determinó que el texto de proyecto de ley consultado no se encuentra relacionado en forma directa con las competencias asignadas constitucional y legalmente a dicho órgano contralor.

“Lo anterior, resulta ser así en el tanto el proyecto en análisis procura implementar una serie de medidas de carácter procesal en temas esencialmente laborales, en especial el registro del domicilio y medio electrónico para recibir notificaciones por parte de los sindicatos, así como la disolución de sindicatos por desarrollar actividades que impliquen: bloqueos en vías públicas, acceso a instalaciones públicas o de servicios públicos o el sabotaje sobre bienes públicos”, detalla el oficio CGR/DJ-0640. 

Por otro lado, la CGR señala que, además, se establece la obligación de cada jerarca de entidad pública de presentar la solicitud de declaratoria de ilegalidad, de realizar el rebajo de los salarios, terminación de los contratos de trabajo y la aplicación de sanciones una vez declarada la ilegalidad del movimiento huelguístico.  

“Igualmente, en el texto en análisis se indica la jurisdicción que conoce los procesos para la calificación de la huelga, las competencias procesales de los despachos judiciales y las partes procesales que intervienen en el trámite de declaratoria de ilegalidad de la huelga”, agrega. 

 

DOS ACOTACIONES

 

Pese a lo anterior, la Contraloría efectuó dos acotaciones al texto sustitutivo del proyecto de ley para que sean tomados en cuenta por los diputados, al momento del análisis de la iniciativa.

De acuerdo a la instancia, el proyecto plantea la reforma de dos artículos –al 379 y la adición que se realiza en el artículo 375 bis del Código de Trabajo- que hacen referencia al término de servicios esenciales.

“El texto propuesto no presenta una definición respecto a que se debe entender por un servicio esencial, y en virtud de que se han atendido o conocido proyectos relacionados con el tema, se sugiere que para dicha tarea podría servir como insumo lo planteado dentro del proyecto 21.097 denominado ‘Ley de declaratoria de servicios públicos esenciales’.

Al respecto, en su momento este órgano Contralor emitió su criterio mediante  oficio 780-2119 (DJ-0062-2019) del 21 de enero del año en curso, lo cual se indicó al momento del análisis del texto original del presente proyecto y del paquete de proyectos que se pidió analizar para esa ocasión. 

Lo anterior se expone para que si a bien lo tienen los señores diputados y diputadas sea analizado o valorado en el uso de su discrecionalidad como legisladores”, pormenoriza el documento.

Al mismo tiempo, la Contraloría observó que el texto sustitutivo no propone o indica cuáles son los servicios públicos de índole esencial. 

“Por lo que se podría valorar -de acuerdo a la intención de los y las legisladores y en uso de sus facultades discrecionales, por supuesto- realizar una descripción o detalle de cuales son servicios índole esencial”, puntualiza la instancia contralora.

El proyecto de ley se encuentra en la Comisión Especial que estudia varias iniciativas sobre huelgas, a fin de hacer cambios al referente en el Código de Trabajo.

PERIODISTA: Krissia Morris Gray

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Sábado 08 Junio, 2019

HORA: 12:00 AM

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