Jueves 16, Mayo 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Opinion

Si pasa en lo privado, ¿por qué no en lo público?

Editorial

“Si eso fuera una empresa privada lo hubieran despedido”. Cuántas veces se escucha esta frase en nuestro diario vivir, al ver, con asombro, determinadas situaciones en el sector público.

Muchas veces, al llegar a una institución pública se mal atiende al usuario y en medio de la impotencia no se sabe adónde acudir más allá de a una contraloría de servicios. 

Enhorabuena que se instaure una evaluación de desempeño y con ello no se busca desmeritar el trabajo que hacen los servicios públicos, pero se debe reconocer que no todos dan el cien por ciento. 

La medida es obligatoria para todas las instituciones que están bajo la Ley Marco de Empleo Público, ¿pero y el resto? La calidad en la prestación de servicios debería ser la meta de toda institución. 

Lleva razón Laura Fernández, ministra de Planificación y Política Económica, cuando dice que solo implementando lineamientos se podrá mejorar la atención a los usuarios. 

Hay que sentar responsabilidades cuando un funcionario no hace su trabajo, tal cual ocurre en una empresa privada, no tiene por qué haber un trato diferente.

Si alguna persona no hace bien su trabajo, sea en cualquiera de los sectores, hay que establecer sanciones y, ciertamente, en el caso de las instituciones públicas había un vacío. 

Se debe trabajar por metas y objetivos, más aún cuando se trata de la administración de fondos públicos. Es indispensable tener resultados para establecer mediciones y requerimientos en formación, capacitación, desarrollo, promociones y ascensos. 

¿Por qué vamos a pagar un incentivo de anualidad a los funcionarios cuando no hacen méritos para ello? Eso no sería justo, menos cuando se financia por medio de impuestos. 

No menos importante es la posibilidad de hacer despidos y es que, aunque son odiosas las comparaciones, en este caso no se puede obviar. En una empresa privada no hay tutía, si usted hace algo mal se va. 

Bajo esta nueva norma, si por dos evaluaciones el funcionario obtiene un porcentaje igual o inferior al 70%, según el artículo 21 de la Ley Marco de Empleo Público, será causal de despido.

Cuando alguien no da resultados debe irse y no habría razón para que fuera diferente. Las sanciones disciplinarias también son básicas para hacer correcciones en una organización. 

Por otra parte, esperamos que en las políticas que se diseñen prive la objetividad a la hora de evaluar a los funcionarios porque sin reglas claras también se puede prestar para sacadas de clavo.

Los planes remediales también darán soporte al proceso y es una oportunidad de mejora porque insisto, ¿por qué se debe tener a colaboradores que no rinden en su trabajo?

Ahora es que los trabajadores se dividirán entre deficientes y excelentes. Esperamos que las instituciones puedan revelar la cantidad que tuvieron de cada grupo al finalizar el período. 

La expectativa es que mejore el servicio al usuario, solo así sabremos, si en efecto, la Ley de Empleo Público rindió los frutos esperados en cuanto a evaluación del desempeño.

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Sábado 09 Diciembre, 2023

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA

ÚLTIMA HORA