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Espectáculos

Shows musicales en estadios traerán venta de licor

Tras expendio a la libre en concierto de Arjona

  • En los conciertos de Ricardo Arjona por primera vez se autorizó la venta de licor. Este fue uno de los expendios de licor en el concierto de Ricardo Arjona.

  • En los conciertos de Ricardo Arjona por primera vez se autorizó la venta de licor. Este fue uno de los expendios de licor en el concierto de Ricardo Arjona.

La tomatinga que se dio en los pasados conciertos de Ricardo Arjona, el fin de semana anterior, donde los ticos quedaron sorprendidos con la venta a la libre de licores en el propio estadio Ricardo Saprissa, parece que tiene sustento legal y abre portillo para que el licor compita con el show que se presente en los estadios costarricenses. Consultado Jorge Rojas, jefe de patentes de la municipalidad de Tibás, aclaró que efectivamente por primera vez en un concierto se vendió licor en el Saprissa, pues la gerencia del club morado solicitó una patente temporal, la cual es legal tras la nueva ley de licores de agosto de 2012.

 

La solicitud puede hacerla tanto el empresario artístico o el dueño del inmueble, pero en los dos casos el responsable debe estar de acuerdo. Aclara que en su opinión da luz verde para vender licor en estadios o instalaciones deportivas, siempre que lo que se presente no sea deporte, en este caso un show musical. Aclara que la patente temporal esta normada y se tiene que pagar las mismas a razón de ¢403 mil por puesto y un máximo de 5 por show.

 

Dentro de una serie de requisitos se debe contar con permiso de Ministerio de Salud y entregar listones a los usuarios para identificar que solo se le vende a adultos y no a menores. Rojas criticó que para los conciertos de Arjona tuvieron que cerrar el Club Morado VIP pues era el sexto expendio de licor y no estaba autorizado.
“Todavía tiene sellos y no está autorizado”, dijo.

 

Dice que uno de los grandes problemas en la cueva morada, es que los dueños de los palcos meten licor en los mismos para ver los juegos y no se puede consumir licor en el estadio de esta forma. A propósito de dar patentes de licor a conciertos de rock, dice que no está de acuerdo pues sería un gran riesgo y la decisión recae en el Concejo Municipal.

 


¿QUE DICE LA LEY 9047?


 

 

ARTÍCULO 7.- Las licencias temporales no se otorgarán, en ningún caso, para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico dentro de los centros educativos, instalaciones donde se realicen actividades religiosas que cuenten con el permiso de funcionamiento correspondiente, centros infantiles de nutrición ni en los centros deportivos, estadios, gimnasios y en los lugares donde se desarrollen actividades deportivas, mientras se efectúa el espectáculo deportivo.

PERIODISTA: Ariel Chaves González

EMAIL: [email protected]

Sábado 07 Febrero, 2015

HORA: 12:00 AM

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