Los aumentos automáticos de las pensiones alimenticias quedaron suspendidos a raíz de una acción de inconstitucionalidad por lo que ayer, la Defensoría alertó a la población, para que haga respetar esa decisión de los magistrados de la Sala Constitucional.
Al acogerlo para su estudio, los magistrados resolvieron que se elimine los aumentos automáticos que se aplican a las pensiones alimentarias hasta que se resuelva la acción, por lo que las personas acreedoras en cada uno de estos expedientes de pensión alimentaria, tendrán que realizar la solicitud del aumento antes los estrados judiciales. A nivel nacional supera las 200 mil expedientes, que a raíz de la acción de inconstitucionalidad interpuesta por un habitante pretende que se eliminen estos aumentos automáticos.
Asimismo se alerta al Poder Judicial que dicha acción provocará innumerables acciones que deberán atender todos los despachos que tramitan las pensiones alimentarias, los cuales ya están con sobrecarga de trabajo, por lo que deben tomarse las medidas correspondientes para el resguardo del acceso a la justicia que tienen las personas acreedoras alimentarias y protección del principio de celeridad en el aumento que se aplica en enero y julio de cada año.
Este aumento automático en las pensiones alimentarias, en criterio de la Defensoría, responde a un parámetro objetivo y aplicable a toda la población, conforme a los aumentos proporcionales del salario mínimo, acción que se realiza previa notificación al demandado alimentario, con lo cual se cumple con la norma del debido proceso, razón por la que esta Defensoría considera constitucional la norma impugnada y así lo hizo saber en coadyuvancia pasiva que remitió a la sala Constitucional.
Asimismo, la Defensoría argumentó que si existen circunstancias especiales para la modificación o extinción de la cuota alimentaria establecida en sentencia, a la persona que se le aplique un aumento automático, tiene posibilidad de una acción ante el despacho Judicial para solicitar que esta se pondere.