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Nacionales

TSE ofrece herramienta digital para que funcionarios públicos consulten beligerancia política

El TSE habilitó esta información para todos los funcionarios públicos del país. (Foto archivo).

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ofrece una herramienta digital dirigida a los funcionarios públicos con el fin de orientarlos de una manera sencilla y asequible sobre cuáles son las restricciones establecidas en la legislación costarricense en cuanto a la participación política. 

 

Este compendio digital, constituye un esfuerzo por sistematizar las sentencias emitidas por el organismo electoral en torno a la beligerancia política y es un material de actualización continua, que incluye los puestos públicos sobre los cuáles el TSE fue consultado y emitió un pronunciamiento desde el 2009 a la fecha.

        

Todos los empleados públicos están sujetos a algún tipo de prohibición general, mientras que en algunos cargos también existe una prohibición absoluta de participación política. 

 

Es por ello, que este documento permitirá a toda persona interesada conocer los precedentes, obtener un extracto de la resolución del TSE ante una denuncia por presunta beligerancia política o hermenéutica (solicitudes de que el Tribunal interprete una norma) y acceder de manera rápida a la resolución que se cita. 

 

Es importante resaltar que, si un cargo no se encuentra en la sistematización que ahora se presenta, no quiere decir que no pueda ser objeto de la restricción genérica o a la absoluta, según corresponda; su no aparición en el citado compendio corresponde a que la jurisprudencia electoral no ha abordado un caso en el que deba pronunciarse sobre el particular.

 

Esta sistematización de resoluciones del período 2009-2020, puede evitar a muchos servidores exponerse a su destitución y una simultánea inhabilitación para ocupar cargos públicos en un futuro, pues las personas podrán saber si, debido al puesto que desempeñan, pueden o no realizar actos de contenido político-electoral (como por ejemplo, postularse a un cargo de elección) o si tienen que renunciar para poder aspirar a integrar una nómina de candidatos.

 

Los interesados pueden consultar el documento disponible en la página web del TSE (www.tse.go.cr). Allí se condensan todos los pronunciamientos que -desde la entrada en vigencia del actual Código Electoral en el 2009- ha emitido el TSE, con ocasión del régimen de prohibiciones a funcionarios públicos de cara a eventos comiciales.

 

La beligerancia política es un ilícito electoral que pueden cometer los funcionarios públicos si se comprueba que han incurrido en parcialidad (uso del cargo para favorecer o para perjudicar a una tendencia política) o en participación política prohibida (tomar parte activa en dinámicas o desplegar conductas relacionadas con el fenómeno político-electoral, cuando la legislación expresamente les impide ese comportamiento).

Hay que recordar que la beligerancia política se configura cuando los funcionarios públicos realizan las siguientes conductas:

  • a) la parcialidad política: un servidor público beneficie o perjudique a un partido político utilizando, para ello, su autoridad o la influencia de su cargo.

  • b) la participación política prohibida: el funcionario del Estado se dedica, en horas laborales, a trabajos o discusiones de carácter político-electoral, o cuando participa, dentro de esa jornada laboral, en actividades político-electorales.

 

Por último, un grupo específico de funcionarios (en su mayoría enlistados en el párrafo 2º artículo, 146 del Código Electoral), tienen prohibición absoluta de participación política, por lo que solo pueden emitir el voto el día de las elecciones convocadas por el TSE; estos servidores, aún fuera de horas laborales, deben abstenerse de cualquier acto político-partidista.

 

Quienes incurran en alguna de las conductas prohibidas podrán ser destituidos e inhabilitados para ejercer cargos públicos de 2 a 4 años.

 

PERIODISTA: Bharley Quirós Navarro

EMAIL: [email protected]

Lunes 01 Febrero, 2021

HORA: 01:31 PM

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