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Opinión

Exhumaciones en paternidad son de oficio

Lic. Gerardo Morales / La Ley a su Alcance

CONSULTA: Estimado licenciado, soy madre soltera y el padre de mi hija falleció. Como no estaba reconocida, y hay una herencia importante, además de la estabilidad emocional de mi hija, presenté un proceso de investigación de paternidad contra la sucesión, representada por su esposa. Pero me he llevado una sorpresa, porque me notificaron al Consultorio Público que van a exhumar al señor, para hacerle un examen de ADN. La prueba no la pedí, y me parece que es muy extrema, pues él tenía familia, y no quiero aparecer como una inconsciente, porque a él lo van a desenterrar. La viuda puso abogado, pero nadie propuso la exhumación. Me preocupa que luego se me vaya a calificar de desconsiderada o algo peor.

 

RESPUESTA: Cuando fallece el presunto padre de una criatura, se puede iniciar un proceso de investigación de paternidad. Las pruebas comunes son papeles, cartas que él haya mandado en donde se deduzca que actúa como padre de la interesada o fotos de fiestas de cumpleaños, paseos, en donde el padre aparezca reiteradamente en compañía de su hija.  Sin embargo, la prueba científica por excelencia es la de un indicador genético o ADN, que requiere el examen de tejidos de las dos partes, para establecer la concordancia. En el caso de un difunto, normalmente le extraen el fémur, para identificar científicamente la relación familiar. Pero en asuntos de familia, el juez tiene amplia libertad para encontrar la verdad real, y normalmente ordena esa prueba de oficio. Para su tranquilidad, la viuda y su familia conocen el expediente al tener abogado y él deberá haberle informado que esa exhumación fue ordenada, no por petición de nadie, sino de oficio por el juzgado.

 

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Martes 30 Julio, 2019

HORA: 12:00 AM

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