Plaza de la Cultura: ¿propiedad privada o bien público?
La ley a su alcance / Lic. Gerardo Morales
Comentario
Costa Rica y sus funcionarios nunca dejan de sorprendernos. Se hizo público que la Plaza de la Democracia está sujeta a regulaciones limitantes por reglamento de su uso para actividades que no riñen con la moral, las buenas costumbres o la legalidad.
Pero los funcionarios que la resguardan, bajo las indicaciones de un reglamento promulgado, sería por las autoridades que administran el museo propiedad del Banco Central, tienen órdenes estrictas de que, para tomar fotos, o dar maíz a las palomas, o para cualquier filmación o entrevista periodística o comercial, se debe pedir permiso, y hasta pagar una cuota.
Ante estas limitaciones, es bueno recordar que el artículo 28 de la Carta Magna está vigente, y que no está sujeto a la permanencia de ningún ciudadano corriente o periodista, un permiso previo para filmar, fotografiar o filmar ese lugar público.
Eso es lo único que debe entenderse, si seguimos viviendo en un país en que rige la cúpula legal de nuestro sistema democrático, que devalúa absolutamente lo que pueda decir un simple reglamento, que nunca puede estar ni sobre la ley, o sobre un derecho constitucional.
Para mejor entendimiento, copio el artículo citado.
"Artículo 28.- Las acciones privadas que no dañen la moral o el orden público, o que no perjudiquen a tercero, están fuera de la acción de la ley.
No se podrá, sin embargo, hacer en forma alguna propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio, de creencias religiosas".
Sería muy peligroso que a punta de reglamentos nos cercenen libertades básicas, pues poco faltaría para que se anule el artículo 22 del mismo cuerpo legal y nos cobren peaje por atravesar la Plaza de la Democracia.
PERIODISTA: Redacción Diario Extra
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Lunes 17 Diciembre, 2018
HORA: 12:00 AM
CRÉDITOS: Lic. Gerardo Morales