Porcentaje de embargo sobre salario
La Ley a su alcance / Lic. Gerardo Morales
CONSULTA: Tengo un salario de ¢330.000 por mes y un embargo de ¢15.000 por mes, ¿pueden meterme otro embargo?
RESPUESTA: Según la información que consta en la página del Ministerio de Trabajo, el salario mínimo inferior, como el de misceláneo, es de trescientos mil doscientos cincuenta y cinco colones con setenta y nueve céntimos.
Este salario es inembargable.
Aunque sea por pocos miles de diferencia, su salario es embargable hasta en un 12,5%. Le pueden retener el 12,5% de su salario, sea la suma de treinta y dos mil colones mensuales, por embargo legalmente ordenado por autoridad judicial.