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Nacionales

Fallo relámpago restituye magistrada

Juez interino tardó 28 minutos

  • La magistrada Doris Arias insiste en que hay una violación al debido proceso en la sanción que le interpuso la Corte Plena. (Foto: Archivo)

  • Esta es la resolución de la medida cautelar hecha por el juez del Tribunal Contencioso Administrativo

Alcevith Godínez Prado, juez interino del Tribunal Contencioso Administrativo, tardó menos de 28 minutos en resolver una medida cautelar a favor de la magistrada de la Sala III Doris Arias.

A las 4 de la madrugada de este miércoles, la magistrada Arias se apersonó al Tribunal para presentar una medida cautelar y frenar el castigo de dos meses de suspensión sin goce de salario que le interpuso una mayoría de magistrados de la Corte Plena el pasado lunes.

Según contó Arias a DIARIO EXTRA, ella terminó de trabajar el martes a las 8 de la noche. Fue a su casa y con ayuda de su hermana que es su abogada, prepararon los documentos de la apelación. 

“Cuando lo terminamos pensamos ¿lo vamos a presentar de una vez o no? y dijimos vamos porque hay un juzgado de turno extraordinario, pero cuando llegamos el juez no estaba y hubo que regresar de nuevo a entregar los documentos a las 7 de la mañana”, explicó. 

De acuerdo con la medida cautelar de la cual este medio tiene copia, el juez que entró a trabajar a las 7 de la mañana resolvió en un tiempo récord, ya que la resolución señala la hora de las 7:28 a.m. del 18 de julio del 2018. 

Para Arias la prontitud en la resolución es normal. “Normalmente en estos casos es así, porque no es una resolución muy grande y se hace de forma pronta”, agregó.

 

ATÍPICO

 

Para el abogado penalista José Miguel Villalobos, esa veloz resolución es ante todo atípica. 

Según Villalobos, los jueces de turno extraordinario son aquellos que tienen que ver temas penales, por lo que para él es llamativo que Arias se haya presentado a las 4 de la madrugada.

“Sería la primera vez que escucho que un juez de lo contencioso esté trabajando en la madrugada, si él estaba a las 4 de la mañana trabajando se leyó y conoció el caso en ese lapso y tuvo que analizar la apariencia del buen derecho, es decir, que la solicitud lleva razón y que la sanción impuesta a la magistrada está mal impuesta y segundo el peligro en el atraso de la decisión, es decir, que si ella presenta un contencioso contra la medida, posiblemente tarde uno o dos años, y ya se habría visto afectada, pero lo que pasa es que la sanción es de dos meses, y no es un despido, no es una medida que le produce un efecto perjudicial permanente y sin embargo, en ese lapso el juez consideró todo eso”, explicó Villalobos.

El litigante insiste en que es sorprendente lo ocurrido y a su criterio para nada usual.

Para el también abogado Fabián Volio, los jueces no otorgan esa medida provisionalísima con tanta frecuencia y sin ningún tipo de resolución especial. 

“Es poco frecuente que se dicte así, en minutos, la medida provisionalísima, aunque digamos sí está previsto así, pero no ocurre, y ahora ya otorgada probablemente va a tardar hasta 6 meses o un año en una resolución final”, afirmó.

En el caso del abogado constitucionalista Ewald Acuña, la ley prevé que la resolución del juez sea así de veloz.

La medida cautelar le otorga tres días a la Procuraduría General de la República, y eventualmente a la presidenta interina de la Corte, para que presente un informe que servirá para resolver si la medida se mantiene.

Además, establece la prohibición de revelar el expediente de la causa disciplinaria contra Arias.

La magistrada suplente también de la Sala III, María Elena Gómez, quien también fue suspendida, indicó a DIARIO EXTRA que analiza si presenta una medida similar.

PERIODISTA: Bharley Quirós Navarro

EMAIL: [email protected]

Jueves 19 Julio, 2018

HORA: 12:00 AM

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