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Opinión

Para el óptimo funcionamiento de la administración de Justicia

Lic. Antonio Alexandre García*

El Estado de Derecho tiene, como soporte imprescindible, el principio de la división de poderes, que consiste en la distribución de las atribuciones o funciones que desarrolla el Estado. Esa división es una de las más importantes transformaciones que surgieron en el siglo XVIII, para asegurar un sistema de equilibrios y controles en el ejercicio de las potestades públicas. Se optó por una organización del Estado en que las fuerzas políticas no se concentran en unas pocas autoridades y los poderes se limitan entre sí, para evitar todo abuso o exceso.

Este principio, adoptado por el constituyente costarricense al establecer que el gobierno lo ejercen tres poderes separados e independientes entre sí: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y crear un Tribunal Supremo de Elecciones con autonomía (art. 9 constitucional), ha permitido, a lo largo de nuestra historia, un desarrollo democrático, en el que las autoridades públicas, incluidos las y los jerarcas de los Supremos Poderes, se encuentran sometidos al principio de legalidad.

No obstante, para el óptimo funcionamiento del sistema político, resulta esencial la correcta selección de los jerarcas de cada Poder y su oportuna sustitución, cuando se presentan vacantes. Puede parecer increíble, pero los diputados del pasado periodo no han cumplido su misión en este sistema de equilibrios. Ejemplo más evidente: en la Sala Constitucional los exdiputados dejaron pendiente el puesto vacante por jubilación de don Gilberth Armijo Sancho, a partir de 1 de noviembre de 2015 (¡hace 2 años, 7 meses!). En el trámite del Expediente No. 19.759 hubo una terna votada por la Comisión de Nombramientos de la Asamblea Legislativa, en la sesión ordinaria No. 21 de 8 de febrero de 2016, indicando en orden de mayor votación, a Lena White Curling, Román Navarro Fallas y Rosa Abdelnour Granados. El país y el Poder Judicial siguen en espera de un nuevo magistrado (a) para la Sala Constitucional.

Tratándose del Poder Judicial, su funcionamiento sufre menoscabo cuando se prolongan, por periodos excesivos, las vacantes de sus máximos jerarcas. Sin duda, el proceso de toma de decisiones se ve afectado por la ausencia de los titulares, cuyas voluntades deben concurrir para la toma de las delicadas decisiones inherentes a su labor. En los órganos colegiados, como lo son las Salas de la Corte Suprema, esas decisiones se toman por mayoría, de manera que cuando existen distintas opiniones, con frecuencia un solo voto determina la conformación del criterio triunfador. Si la balanza se inclina a favor de una de las tesis, en razón del criterio de un suplente, surge la incertidumbre de si, una vez nombrado el titular, se producirá un intempestivo cambio en cuanto a lo que se había resuelto.

Por otro lado, conviene que las decisiones más relevantes que como órgano colegiado competen a la Corte sean debatidas y resueltas por quienes, en definitiva, han sido elegidos para integrarla como sus titulares, lo cual asegura una mayor estabilidad y conocimiento en la toma de esas decisiones. En este momento, nuestra Corte Suprema de Justicia, integrada por 22 miembros, tiene 6 plazas vacantes: 2 de la Sala Segunda, 2 de la Sala Tercera y 2 de la Sala Constitucional, cifra que representa casi el 30% del total.

Para llenarlas, se han realizado cuatro concursos, de los cuales el de mayor antigüedad es justamente el citado nombramiento en la Sala Constitucional, hace casi 3 años, con claras indicaciones de una terna que entrevistó la pasada Comisión de Nombramientos, a las y los candidatos al puesto. Además, con la jubilación del magistrado Ernesto Jinesta Lobo, en mayo pasado, queda pendiente otro magistrado a nombrar en la misma Sala. Se hace necesario, en este momento, reflexionar sobre los efectos que produce la excesiva demora en los nombramientos de magistrados y magistradas de la Corte y sus repercusiones en el funcionamiento del Poder Judicial. Debemos instar, respetuosamente, a los diputados y diputadas a cumplir con prontitud su importante e ineludible deber de efectuar esos nombramientos, asegurando que la escogencia recaiga en las personas idóneas y que esos procesos se realicen en plazos razonables.

En momentos en que el país enfrenta numerosos retos y el escenario internacional nos muestra con crudo realismo la amenaza de retroceso en las conquistas jurídicas y sociales que con tanto sacrificio se han obtenido, nuestra institucionalidad se fortalecerá con las prontas designaciones de quienes deben contribuir a liderar la gestión del Poder Judicial y apuntar hacia el óptimo funcionamiento de nuestro sistema de administración de justicia. Además de las 2 vacantes en la Sala Constitucional, hoy tenemos 2 vacantes en Sala Segunda (vacante por jubilación de doña Eva Camacho Vargas, a partir de 1 de abril de 2017, hace 1 año, 2 meses y terna nombrada Flora Marcela Allón Zúñiga, Jorge Olaso Álvarez y Sandra Pereira Retana) y puesto vacante por jubilación de doña Zarela Villanueva Monge, a partir de 15 de mayo de 2017 (1 año, 1 mes y terna nombrada Roxana Chacón Artavia, Sandra Pereira Retana y Sergio Ramírez Acuña). En Sala Tercera, 2 vacantes, la primera por jubilación de don José Manuel Arroyo Gutiérrez, a partir de 1 de enero de 2017 (1 año y 5 meses), y terna ya indicada de Gary Amador Badilla, Alex Rodríguez Campos y Patricia Solano Castro, y además, un puesto vacante por la destitución de con Celso Gamboa Sánchez, a partir de 10 de abril de 2018 (2 meses). Pendiente de concurso. Adelante señoras y señores diputados, a nombrar los magistrados necesarios para una justicia pronta y cumplida.

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Lunes 02 Julio, 2018

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Lic. Antonio Alexandre García*

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