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Nacionales

Empresas no podrán negar lista de accionistas al fisco

Sala I da razón a Hacienda para requerir información tributaria

Carlos Vargas, director general de Tributación, dijo que la información se usará en apego a la ley.

Los empresarios no podrán negarse a entregar información tributaria a Hacienda. Esto luego de que la Sala Primera avalara el uso de la herramienta conocida como Análisis Multifuncional Programando y Objetivo (AMPO). 

La sentencia indica que para facilitar la verificación oportuna de la situación tributaria de los contribuyentes, la Administración Tributaria podrá requerirles la presentación de los libros, los archivos, los registros contables y toda otra información de trascendencia tributaria que se encuentre impresa en forma de documento, en soporte técnico o registrada por cualquier otro medio tecnológico.

A criterio de los magistrados, la información relativa a la identidad de los accionistas de los grandes contribuyentes también tiene inherencia y trascendencia tributaria, a fin de que la administración pueda ejercer sus labores de fiscalización y control tributario.

Lo anterior mediante la verificación oportuna y el control eficiente de la situación tributaria de los contribuyentes y el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias.

La resolución de la Sala Primera concluye que existe legislación suficiente que autoriza a la Administración Tributaria a crear un "Registro Central de Accionistas" ante la relevancia tributaria de esa información.

Además en la legislación “se establece expresamente que tal injerencia, así como el acceso a la documentación privada de referencia, no son violatorios a los derechos de intimidad y privacidad de los documentos, sino que obedece a una labor sustantiva de orden público”.

Carlos Vargas, director general de Tributación, reafirmó su compromiso de continuar utilizando las facultades que le han sido conferidas para fortalecer el control y la lucha contra el fraude y la evasión fiscal, todo esto en estricto apego al marco legal vigente.

De acuerdo con el Ministerio de Hacienda, la Sala Primera declaró sin lugar la demanda entablada por la Cámara de Industrias contra el Estado para anular el artículo 8 del reglamento denominado AMPO, que permite solicitar información tributaria de las grandes empresas nacionales.

Según indicó la Sala, la Administración Tributaria sí está legalmente posibilitada para emitir resoluciones generales a fin de solicitar información con fines tributarios y puede dictar normas generales para los efectos de la aplicación correcta de las leyes.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

EMAIL: [email protected]

Martes 08 Agosto, 2017

HORA: 12:00 AM

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