El poder como acto de voluntad
Lic. Gerardo Morales
CONSULTA: El poder otorgado a una persona para la venta de un vehículo no ha sido utilizado y el propietario registral que lo otorgó fallece. ¿Se mantiene vigente el poder o ya no tiene validez? ¿Qué sucede en este caso?
RESPUESTA: El contrato llamado en el Código Civil como mandato, o poder de representación, es un típico acto de expresión de una voluntad para que otra persona asuma una acción en representación del mandante. El que recibe el poder, mandato o encomienda, se denomina mandatario.
Por varias circunstancias el poder expira: por la revocatoria comunicada al mandatario, por la imposibilidad de llevar adelante la tarea, por su cumplimiento y sobre todo por el fallecimiento del poderdante.
El caso es absoluto porque para otorgar un poder y mantenerlo se requiere la voluntad del representado, y con el fallecimiento, el poder pierde el contenido volitivo y se extingue el instrumento.