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Opinión

El poder como acto de voluntad

Lic. Gerardo Morales

CONSULTA: El poder otorgado a una persona para la venta de un vehículo no ha sido utilizado y el propietario registral que lo otorgó fallece. ¿Se mantiene vigente el poder o ya no tiene validez? ¿Qué sucede en este caso?

RESPUESTA: El contrato llamado en el Código Civil como mandato, o poder de representación, es un típico acto de expresión de una voluntad para que otra persona asuma una acción en representación del mandante. El que recibe el poder, mandato o encomienda, se denomina mandatario.

Por varias circunstancias el poder expira: por la revocatoria comunicada al mandatario, por la imposibilidad de llevar adelante la tarea, por su cumplimiento y sobre todo por el fallecimiento del poderdante.

El caso es absoluto porque para otorgar un poder y mantenerlo se requiere la voluntad del representado, y con el fallecimiento, el poder pierde el contenido volitivo y se extingue el instrumento.

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Sábado 24 Septiembre, 2016

HORA: 12:00 AM

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