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Opinión

Si busca trabajo, no le preste al patrono

Lic. Gerardo Morales

CONSULTA: Puse un anuncio en DIARIO EXTRA buscando trabajo, me llamó una señora de Ciudad Cortés y me envió los pasajes para que fuera allá. Yo fui a ver el trabajo que era de guarda para cuidar material de un tajo. La señora me dijo que me iba a pagar ¢320 mil por mes, lo cual acepté, pero pasó un mes y nada de pago. Entonces me prometió que cuando cumpliera dos meses me iba a pagar. Pasaron los dos meses y nada, pasaron 15 días más y tampoco me pagó. Mas bien me pidió ¢90.000 mil prestados para pagarle a unos señores que le hicieron un trabajo en su casa. Después me dijo que mejor me fuera para la casa, que no me preocupara por el pago porque ella me llamaría para que fuera a recoger el pago en el Banco Nacional de Paraíso de Cartago, pero nunca me llamó. En la casa de ella dejé mi ropa, mis documentos personales y un reloj. Me hizo ir a Tracopa 3 veces a ver si habían llegado mis pertenencias y las 3 veces me dijeron que no había nada a mi nombre. Perdí tiempo y pasajes de Paraíso a San José, esto no es justo. Ante Dios yo fui muy honrado en la casa de ella y muy cumplido en el trabajo. Yo no tengo ayuda de nadie para recuperar lo que es muy mío. Esta señora me engañó, yo no le deseo ningún mal, solo quiero que me pague lo que es justo. La llamé varias veces pero me trató de viejo estúpido que yo le había robado no se qué. De eso ya hace un año. Yo solo quiero que ella me pague por mi trabajo, los ¢90 mil que le presté y me devuelva mis cosas. ¿Puedo todavía hacer algo para que me pague? ¿Dónde puedo ir? 

 

RESPUESTA: La mitad de la población adulta en Costa Rica, o trabaja, o anda en busca de trabajo. Por eso resulta malicioso, que una persona que requiere los servicios, y que se obliga a pagar un salario o sueldo, le pida a quien va a ser su empleado plata prestada. Esa es la primera señal de que el supuesto patrono es un insolvente o malandrín.

 

Pero lo que ocurrió en el pasado, se debe afrontar, y le recomiendo que ponga una denuncia por escrito ante la Fiscalía de Ciudad Cortés, por la retención de sus bienes materiales, con fundamento en la delincuencia establecida en el artículo 223 del Código Penal, llamada Apropiación y retencion indebidas. La denuncia la puede redactar, ojalá a máquina, y hasta enviarla por correo, o por correo electrónico, detallando un lugar o medio para atender el resultado de la denuncia. La plata prestada, está en la cola de un venado, y pecó de inocente al prestarle plata a una desconocida.

 

En cuanto al trabajo realizado, ponga la queja ante la Inspección General de Trabajo, que es competente para este asunto, y de acuerdo a la oficina que le facilite el trámite al trabajador. No tiene que ir a Ciudad Cortés.

 

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Sábado 10 Octubre, 2015

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: La ley a su alcance

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