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Sucesos

Asesinato de cruzrojista alentado por guaro

Melina Calvo fue apuñalada hasta morir, Tibás

  • Doña Elizabeth, mamá de Melina, espera que se haga justicia en nombre de su hija

  • El dictamen médico indica que Manuel puede afrontar un proceso legal en todas sus capacidades mentales

  • Melina Calvo Arce era madre, hermana e hija, cruzrojista de 32 años

El licor medió en la muerte de la cruzrojista Melina Calvo Arce, a quien tal como lo dio a conocer DIARIO EXTRA, fue asesinada por su marido la noche del 9 de mayo en Tibás. Documentos oficiales en poder del Periódico de Más Venta en Costa Rica señalan que Manuel Córdoba Artavia estaba ebrio en el momento que se presume, atacó a machetazos a su compañera sentimental, asimismo el texto judicial indica que ingerir licor es un hábito que el sospechoso ha tenido desde hace mucho tiempo y que ha ido en aumento.

Aquella noche será imposible de borrar para la familia de Melina, a causa de que la cruzrojista fue asesinada en su casa de habitación ubicada en Tibás. La mujer, de 32 años,  presentaba serias lesiones que acabaron con su vida, justo después de que vecinos y familiares  vieran salir de la vivienda a Córdoba Artavia cubierto de sangre, con el machete en la mano y un poco aturdido.

Desde el trágico evento la familia Calvo Arce intenta reponerse de la pérdida de su ser querido, y ahora esperan que se haga justicia.

Asimismo se está a la espera de que se indique la fecha de una audiencia y una posible convocatoria a juicio. Manuel no ha querido dar nigún tipo de declaración al respecto.

 

PRUEBAS DE ALCOHOLISMO

 

Luego de la muerte de Melina, Manuel salió rápidamente de la casa que ambos compartían, pero fue detenido por las autoridades pocos minutos después, de forma inmediata se le hicieron las pruebas de alcohol correspondientes.

Se indica: "A partir de los resultados obtenidos se puede concluir que al momento de la toma de las muestras, el paciente presentaba un nivel de alcohol en la sangre que, se relaciona normalmente a un tipo de influencia alcohólica".

"Las muestras de sangre presentan una disminución en la concentración de alcohol en el tiempo trascurrido entre la toma de las muestras, lo que permiten inferir que el paciente estaba en etapa de eliminación", añade el texto.

Se concluye con el argumento que: "Bajo las condiciones normales, si el imputado no ingirió alcohol en el lapso entre los hechos y la toma de las muestras; se puede indicar que el nivel de alcohol en sangre que habría tenido el imputado a las 6:35 p.m. del 9 de mayo (momento en que ocurrió la muerte de Melina), sería de 1,00 gramos por cada litro de sangre como mínimo. Se indica que el encausado se encontraba en estado de ebriedad al momento de la detención". 

 

CAPACIDAD MENTAL EN EBRIEDAD

 

Un dictámen pericial psiquiátrico forense es claro en indicar que Manuel tiene una dependencia del licor, sin embargo esto no se presenta como justificante de los hechos en los que figura como sospechoso.

El estudio número SPPF-2015-1237 realizado por la doctora Obando Madrigal indica en el análisis de la información: "Se encuentra en la presente evaluación que don Manuel tiene adecuadas capacidades cognoscitivas y volitivas. Es capaz de distinguir entre lo lícito y lo ilícito, y de adecuar su conducta a este conocimiento. Está en condiciones de participar en un proceso judicial y comprender sus implicaciones".

Destaca una observación que influye de manera directa en el comportamiento de las personas ebrias.

"La dependencia del alcohol no es una condición que por sí misma haga que la persona pierda el dominio sobre sus conductas. Las acciones que realiza alguien alcholizado no son únicamente producto de un mecanismo neurobiológico. Así la dependencia puede generar cambios a nivel de mecanismos celulares, pero estos no son el único factor que determina la conducta de un individuo. También el comportamiento se ve influenciado por deseos, creencias, razones e intenciones individuales, que pueden hacer que la persona decida llevar a cabo o evitar una acción determinada".

En la causa número 15-009574-0042-PE por medio de una carta del 11 de mayo del 2015, firmada por la jueza penal Yorleny Campos Campos, se solicita el traslado del imputado al Hospital Nacional Psiquiátrico porque el abogado defensor manifestó que su cliente le dijo que deseaba quitarse la vida.

Sin embargo, el informe psiquiatríco es claro en detallar que: "En este momento el evaluado no presenta ninguna condición psiquiátrica que amerite manejo intrahospitalario, lo cual se corrobora con su examen mental. Por lo tanto no se recomienda su internamiento". 

 

LESIONES MORTALES

 

Melina Calvo Arce fue hallada por su hermana Sianny en el baño de su casa, sin poder creer lo que veía la pariente de la víctima gritó pidiendo ayuda.

Cuando la ayuda llegó, era tarde, Melina había fallecido a causa de las graves lesiones que tenía en su cuerpo.

La descripción del departamento de Investigaciones Criminales detalla las heridas abiertas cortantes en Calvo Arce: muslo derecho, cara frontal, antebrazo derecho, cara interna cerca del codo izquierdo, lado izquierdo del rostro (pómulo-sien), oreja derecha, pómulo derecho, dedo meñique derecho, dedos medios, anular y pulgar izquierdos, dos heridas en la parte superior de la cabeza, amputación de los dedos medio y anular derecho.

A Córdoba Artavia se le decomisó su ropa, y las autoridades lograron dar con el machete que presuntamente le pertenecía al hombre. Se hacen pruebas de sangre con varios objetos en la escena y se acuerda que hay coincidencia con el ADN de Melina.

 

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Lunes 27 Julio, 2015

HORA: 12:00 AM

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