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Opinión

Actividades lucrativas no eliminan pensión

CONSULTA: Me puede ofrecer su opinión sobre una pensión bajo el régimen de IVM de la CCSS. Esta pensión se la van a brindar a una tía porque ella tiene un problema de corazón, en estos momentos ella está vendiendo repostería para solventar los gastos diarios, pero en la oficina de la CCSS le indican que en el momento que empiece a recibir la pensión no puede adquirir más ingreso que este, sino correría con el riesgo de que se la quiten. Ella está preocupada y no sabe si esto realmente lo pueden hacer o si así está estipulado. 

 

RESPUESTA: Casi nadie trabaja por amor, sino por necesidad. Las pensiones del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja se fijan por un 60% del salario recibido en los últimos meses y según sea el parentesco del beneficiado con el asegurado, los porcentajes van para abajo.

 

Si los salarios de la gente común no alcanzan para vivir, menos una pensión recortada. Redondear una entrada con otras actividades no está prohibido, pues el pensionado tiene la facultad de estar nuevamente en planilla, solicitando el permiso a la Gerencia de Pensiones.

 

Hace poco más de 3 años, otro castigo que se aplicaba a la viuda que conseguía nuevo marido, se eliminó, para que esa viuda pudiera rehacer su vida, y conservar la pensión del primer marido.

 

Así evoluciona la Seguridad Social, dos pasos atrás de la realidad lógica y económica.

 

PERIODISTA: Lic. Luis Gerardo Morales

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Jueves 11 Junio, 2015

HORA: 12:00 AM

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