Lunes 29, Abril 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Opinión

La Ley a su alcance

CONSULTA: Una hermana mía me autorizó por escrito para realizar algunos de los trámites de una pensión, pero me dijeron que debía llevar esa autorización autenticada por un abogado. Fui donde uno y me dijo que no podía autenticarme ese documento porque me dijo que debía ver firmar a mi hermana. ¿Es eso verdad? Él se negó a autenticarlo y no sé por qué, pues hasta le mostré copia de la cédula de ella que venía con el mismo papel que tenía que autenticar.


RESPUESTA: La frase “firma auténtica” o “autenticación de firma” es el requisito que se exige en muchos procedimientos administrativos o judiciales para que un escrito, una solicitud o una actuación tengan valor legal.


Autenticar una firma, tanto por un abogado, notario o hasta algún funcionario administrativo, como un cónsul o director de una prisión, garantiza que quien se identifica como interesado o suscriptor (firmante abajo) es la persona que se identifica como tal.


Esa exigencia de que la firma sea real, original, autógrafa o legítima requiere la intervención, primero la del firmante y luego la del autenticante.


Como de esa formalidad se hacen depender consecuencias positivas o negativas, el acto debe ser correctamente efectuado.


Por esa razón quien autentica debe presenciar el estampado de su firma hasta el punto de que puede ser sancionado, tanto por el ordenamiento interno del Colegio de Abogados como por la Dirección Nacional de Notariado, con sanciones que empiezan con 6 meses de suspensión.


Ante la responsabilidad que podría afrontar un profesional por autenticar una firma que alguien le trae en un papel, y cuyo acto no presenció, lo normal es que se niegue a autenticar firmas o documentos cuya elaboración no presenció.


Esa es la actuación correcta de un buen profesional.

PERIODISTA:

EMAIL:

Martes 04 Febrero, 2014

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Por: Lic. Gerardo Morales

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA

ÚLTIMA HORA