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Nacionales

Nuevas reglas en pluses para el sector público

Ajuste para futuros y actuales funcionarios

La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas impone nuevas reglas para los más de 270 mil funcionarios públicos del país. (Foto archivo)

La reforma fiscal, que es ley de la República desde el pasado 5 de diciembre, encierra una serie de capítulos que se irán aplicando poco a poco. El primero, que entra en vigencia desde ya, consiste en una serie de cambios en el pago de ciertos pluses para los nuevos y actuales funcionarios públicos.

Según explicó el viceministro de Hacienda, Nogui Acosta, uno de los principales cambios comprende el pago de la anualidad, que pasa de ser un porcentaje del salario a un monto nominal que se determinará por el valor de la anualidad en 2018.

Actualmente, el Gobierno reconoce por concepto de anualidad un 1,94% por cada año laborado a los empleados de categoría profesional y 2,56% para los no profesionales. 

Por ejemplo, si un funcionario no profesional tiene un salario de ¢400 mil mensuales recibía ¢10.240 por este plus, monto que aumentaba cada vez que el salario base cambiara en los ajustes salariales.

Con la reforma fiscal, el monto de la anualidad no se calculará sobre un porcentaje al salario base, sino que será un monto fijo que no cambiará y tomando como base el 1,94% para los profesionales y un 2,54% para los no profesionales. 

“Lo que va a pasar ahora es que, en lugar de aplicar un porcentaje, la anualidad de ese empleado será un monto nominal de ¢2.540 colones mensuales y que se va a mantener a lo largo del tiempo”, explicó Acosta.

Este cambio al inicio tendrá un impacto pequeño, pero a futuro se incrementará, al dar la oportunidad de mejorar el salario base y que la anualidad no crezca más.

 

CALIFICACIÓN

 

Hasta ahora, el pago de la anualidad se hacía en automático a los funcionarios solo por cumplir años de labor. 

Esto cambia con la reforma fiscal que impone una evaluación de desempeño, de modo que solo aquellos que reciban una nota mínima de “muy bueno” tendrán derecho a este plus.

Según la ministra de Planificación, Pilar Garrido, la ley plantea que en esta evaluación un 80% medirá resultados de cada empleado y 20% su jefatura inmediata.

“Le da la responsabilidad al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan) y al Servicio Civil para que elaboren la metodología de evaluación, que será una herramienta también para definir la anualidad, la cual se aplicará a partir de la calificación mínima de muy bueno”, agregó.

 

PARA LOS NUEVOS

 

Este sería el principal cambio de la reforma para los actuales empleados públicos, que según datos del Ministerio de Hacienda suman poco más de 270 mil personas. 

Para los nuevos, es decir aquellos que comenzaron labores desde el 5 de diciembre del 2018, hay más cambios también en los pluses de dedicación exclusiva y prohibición. 

Los que tienen un grado académico de licenciatura recibirán un adicional del 25% y un 15% para los bachilleres.

Mientras que los funcionarios “viejos” seguirán disfrutando entre un 55% y un 20% respectivamente por dedicación exclusiva.

Cabe señalar que se establece una serie de requisitos para recibir este plus, el más importante consiste en la afiliación al Colegio Profesional correspondiente.  En el caso de la prohibición, la reforma impone que se reconocerá un 30% para licenciados y un 15% para bachilleres.  Los actuales empleados seguirán con porcentajes de 65% y un 30%, respectivamente.

“Conforme vayamos mejorando el salario y menos los pluses, que es lo que nos interesa, vamos a tener una reducción del gasto”, enfatizó el viceministro.

Pero, además, el Gobierno busca disminuir la desigualdad salarial, que se produce entre empleados que realizan las mismas labores, pero que por antigüedad ganan mucho más que uno que recién comienza.  En el caso de los nuevos puntos de carrera profesional solo serán reconocidos salarialmente por un plazo máximo de cinco años.

 

8 AÑOS

 

Un último cambio que indica la nueva Ley tiene que ver con los límites en el pago de la cesantía, el beneficio que recibe un empleado cuando lo despiden con responsabilidad laboral o al jubilarse.

Si bien ya un voto de la Sala Constitucional estableció un límite de 12 años, el Gobierno busca que las instituciones se mantengan en el margen de los 8 años que establece el Código de Trabajo. 

La Administración, por ejemplo, espera que, en el caso de algunas municipalidades, donde sus convenciones colectivas reconocen hasta 20 años, se apeguen a lo que indica la Ley del Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

 

SALARIO DE JERARCAS

 

La ley igualmente establece una serie de topes al salario de los jerarcas, entre ellos el presidente de la República y los miembros de juntas directivas.

En el caso del mandatario, este no podrá superar el equivalente a 25 salarios base mensual de la categoría más baja de la escala de sueldos de la Administración Pública.

Ese salario se establece en ¢267 mil colones, es decir no podrá ganar más de ¢6.675.000 colones cada mes. Además, se prohíbe el pago de gastos de representación y gastos confidenciales.

Hoy el salario del presidente Alvarado es de ¢5.043.122,95.

Asimismo, se pone un límite al salario general en la Administración Pública, que será de ¢5.340.000. Se excluyen de esta norma los funcionarios de las instituciones y los órganos que operen en competencia, así como los que estén en servicio diplomático en el exterior.

En el caso de los jerarcas que estén en instituciones en competencia, como el Instituto Costarricense de Electricidad, el límite al salario será de ¢8.010.000.

Por último, en cuanto a las dietas de las juntas directivas, el tope se establece en ¢2.670.000 por mes.

 

TOME NOTA

 

CAMBIOS PARA ACTUALES EMPLEADOS PÚBLICOS

Pago de anualidad: ya no se calculará como un porcentaje del salario base, sino que será un monto nominal que no aumentará. De 1,94% (¢1.940 colones para funcionarios profesionales) y 2,54% (¢2.540 colones para no profesionales).

Calificación: Para poder recibir el pago de la anualidad, deberán recibir una calificación como mínimo de “muy bueno”, si no pierden el beneficio.

 

PARA NUEVOS EMPLEADOS PÚBLICOS

Además de ajustarse a las reglas de anualidad y calificación, se les aplica:

Dedicación exclusiva: un 25% para los licenciados y un 15% para quienes solo tengan bachillerato. De igual modo, deben estar colegiados.

Prohibición: un 30% para licenciados y un 15% para bachilleres. 

Carrera profesional: Solo serán reconocidos salarialmente por un plazo máximo de cinco años.

 

TOPES

Cesantía: La Ley fiscal aboga por un pago de cesantía ajustado a los 8 años y máximo 12.

Salario del presidente: no más de ¢6.675.000.

Salarios máximos en la Administración Pública: ¢5.340.000.

Salarios máximos de funcionarios en instituciones en competencia: ¢8.010.000.

PERIODISTA: Bharley Quirós Navarro

EMAIL: [email protected]

Martes 11 Diciembre, 2018

HORA: 12:00 AM

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