Jueves 09, Mayo 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Sucesos

Condenan abogada por usurpación de tierras

Buenos Aires, Puntarenas

La abogada indígena Thais Vidal fue condenada por el delito de usurpación

La abogada indígena Thais Vidal Navarro fue condenada por el delito de usurpación en perjuicio de Otilia Figueroa Calderón y la Asociación de Desarrollo Integral Indígena (ADI) de Salitre.

A Vidal Navarro la habían condenado bajo la sentencia No. 2016-0321, dictada a las 11 horas 56 minutos, del 20 de mayo de 2016, por el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Primera. 

Sin embargo, interpuso la apelación que fue resuelta en julio de este año y la cual se resolvió en su contra por haber invadido un terreno al parecer propiedad de Figueroa, ubicado en territorio indígena de Buenos Aires, Puntarenas.

Vidal alegó en el recurso de casación: “La causal de violación a normas

procesales, por infracción al principio de juez natural, explica que ante el Tribunal de Apelación ofreció el oficio SACJ-72-2015, de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial del Poder Judicial, referente al tiempo en que fue nombrada como jueza la funcionaria Gabriela Albán Zúñiga, en el Tribunal Penal de Pérez Zeledón, para demostrar que para el dictado de

la sentencia, ésta no poseía esa investidura, requisito indispensable para emitir un fallo”.

No obstante, al 6 de enero de 2015, fecha en que fue dictada la sentencia condenatoria 009-2015, ya no se desempeñaba como jueza de la República en Pérez Zeledón ni en ninguna otra parte del país. 

Alega que la juzgadora Albán Zúñiga desde el 19 de diciembre de 2014 -fecha en que suspendió el dictado de la parte dispositiva- al 6 de enero de 2015 tenía conocimiento de que su nombramiento había fenecido el 19 de diciembre de 2014, por lo que al dictar la sentencia actuó de manera indebida. 

Pero pese a los alegatos de Vidal, los jueces decidieron sostener la sentencia y la culparon de dicho delito.

Al respecto Vidal sostuvo que “nadie puede ser juzgado por un mismo delito dos veces como ocurrió”, pese a ello dijo ser respetuosa de los lineamientos judiciales.

PERIODISTA: Alexander Méndez

EMAIL: [email protected]

Jueves 21 Septiembre, 2017

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA