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Opinión

Beneficios del régimen de excepción para trabajadores migrantes agrícolas, domésticos y construcción

Bien es sabido que la política migratoria nacional debe constituir un aliciente que promueva la seguridad del país, pero fundamentalmente debe además promover el desarrollo nacional y el respeto a los derechos humanos de las personas migrantes. La promoción del desarrollo nacional conlleva responsabilidades compartidas, máxime cuando hablamos de la participación de la población migrante extranjera.

 


Atendiendo a diversas solicitudes formales presentadas a las autoridades de Gobierno, provenientes de los sectores productivos del país de las áreas agrícolas, la construcción y domésticas, así como a las iniciativas presentadas por la Sociedad Civil organizada y del apoyo del Consejo Nacional de Migración, la Sra. Presidenta de la República promulgó el Decreto No. 37673-G, con el cual se establece un Régimen de Excepción para todos estos trabajadores extranjeros, facilitando así significativamente su documentación migratoria por un lapso de tres meses a partir del 17 de junio próximo.

 


El Gobierno de la República busca no solo facilitar la documentación de estos trabajadores, sino además promover su afiliación a los seguros de salud del Estado, promover el respeto a sus derechos laborales, y coadyuvar al sector productivo nacional.

 


Mal haría el país en hacer oídos sordos a las necesidades de estos sectores, y no aprovechar para facilitar los procesos de cumplimiento de la legislación nacional y el robustecimiento del Estado Social de Derecho; buen ejemplo brinda Costa Rica con acciones como estas en la región, demostrando su vocación de protección de los trabajadores migrantes extranjeros.

 


En la prensa se han esgrimido diversas cantidades de personas migrantes que eventualmente se podrían beneficiar con esta medida, desde 200.000 a 260.000 trabajadores; sin embargo, dichas cantidades se refieren al total de la población nacional estimada que trabaja en estos tres sectores. Más bien aclaramos que no se cuenta con estimados confiables referentes específicamente a esta población migrante. Sin duda alguna, el hecho de que muchas de estas migraciones se den en el país de forma temporal y circular; por ejemplo, según el tipo y tiempo específico de cosecha, nos limita a establecer parámetros más confiables de medición. No obstante, planeamos que la labor conjunta entre el Ministerio de Trabajo, el Viceministerio de Gobernación a través de su adscrita la Dirección General de Migración y Extranjería, faciliten los procesos de documentación, a través de las visitas directas a los centros de trabajo, así como con la cooperación de Gobierno Digital para agilizar la recepción y trámite de las solicitudes de permanencia.

 


El éxito futuro de esta estrategia requiere además del apoyo de dos actores fundamentales, hablamos de la Embajada de Nicaragua en Costa Rica, así como del sector productivo nacional.

 


Bien sabemos que la población nicaragüense constituye el sector fundamental de trabajadores de las áreas propias de este régimen de excepción, razón por la cual la obtención ágil de la documentación requerida por parte de esos trabajadores será crucial en este proceso. Por otra parte, requerimos del apoyo y compromiso de las y los patronos de todos estos trabajadores, para facilitar y promover la documentación migratoria desde sus propios lugares de trabajo.

 


Que sea esta una oportunidad para poner a derecho el estatus migratorio de los trabajadores migrantes en Costa Rica, y que dicha oportunidad genere mayor bienestar social y progreso nacional.

 

 

*Ministro de Trabajo y
Seguridad Social
**Viceministro de Gobernación
y Policía

PERIODISTA:

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Jueves 16 Mayo, 2013

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Olman Segura Bonilla* / Freddy M. Montero Mora**

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