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Opinión

Editorial

La historia ocurrida entre la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y la Universidad de Costa Rica (UCR) por la administración de 46 Equipos Básicos de Atención Integral en Salud (Ebais) está dejando un capítulo negro donde 450 personas de un pronto a otro quedaron sin empleo.

 

A diferencia de muchos casos ocurridos en otras partes del país con compañías las cuales no dan suficiente crédito a las regulaciones laborales, existe una garantía del pago correspondiente a lo señalado por Ley en estas situaciones.

 

Tomamos esto de ejemplo porque las cifras reveladas por el último informe del Estado de la Nación son alarmantes en el sentido de que una nación como Costa Rica, la cual se llama respetuosa de los derechos humanos y de las garantías sociales, se encuentra en cifras rojas en esta materia.

 

El estudio señala que hoy día 107.101 asalariados no reciben aguinaldo, no puede ausentarse cuando están enfermos, no gozan de vacaciones, y menos consideran tener el seguro de riesgos o el pago de horas extras.

 

Sólo el 38.8% de la gran masa de empleados obtiene la totalidad de las garantías, es decir todos estos beneficios citados, lo cual evidencia dos realidades en materia laboral muy distintas.

 

Precisamente, ante esta situación, un sector de los representantes de los trabajadores intenta ser escuchado por parte de los señores diputados para que de una vez por todas honren el compromiso del Gobierno en aprobar la reforma a la Ley Procesal Laboral.

 

Ese llamado se realiza en medio de una incertidumbre de cuál será la actitud del Estado si queda la iniciativa en el nuevo periodo de sesiones extraordinarias luego de haber sido vetada por el Ejecutivo y entrabada por la fracción oficialista en el Congreso.

 

El proyecto de Ley pretende garantizar una mayor estabilidad para aquellos empleados quienes ven lesionados sus derechos cuando son cesados de manera irregular o bien cuando enfrenten situaciones que pone en riesgo su labor.

 

Para ello introduce la oralidad de los procesos judiciales en esta materia, con lo cual se reducen los tiempos de resolución de conflictos, una defensoría pública en esta materia, brinda protección en casos de discriminación y reconoce la organización sindical como un derecho humano.

 

Aquel tema conflictivo relacionado a las huelgas que al principio originó el veto de la norma quedó tal y como lo estipula actualmente el Código de Trabajo.

 

Ciertamente una de las mayores preocupaciones de la ciudadanía tiene relación con la generación de fuentes de trabajo, estables y de largo plazo, ello se vincula con el establecimiento de políticas de empleo ausentes en nuestro país, pero una de las maneras de asegurar esta condición es a través de leyes fuertes las cuales permitan regular estas condiciones.

 

Es por ello, y con miras a reducir las brechas sociales, que se acentúan ante la ausencia de puestos o por empleos inestables y sin garantías, es que este tema debe entrar en su recta final de aprobación en el Congreso, el tiempo es corto, pero de vencerse el plazo es el Gobierno el llamado a darlo. Estaremos atentos a ello.

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Lunes 25 Noviembre, 2013

HORA: 12:00 AM

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