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Opinión

¡Prepárese! Regresa el Registro de Transparencia

Estefanía Ramírez*

En septiembre de este año, nuevamente las entidades jurídicas costarricenses deben presentar la declaración ordinaria del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF).  Sin embargo, al igual que en el periodo anterior, esta nueva declaración ha generado algunas interrogantes en los representantes legales a cargo del trámite. 

Aunque originalmente esta obligación debía cumplirse en abril de este año, la presentación del RTBF se modificó para septiembre, mediante la Resolución Conjunta de Alcance General Nº DGT-ICD-R-06-2020.  Además de este cambio, la Resolución incluyó dos transitorios relevantes: las entidades constituidas entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2020 deben presentar su primera declaración de RTBF hasta setiembre y no al momento de su constitución, como originalmente se preveía y además, aquellos cambios en la propiedad de las participaciones sociales que se requieran presentar mediante una rectificación a la declaración ordinaria de RTBF, deberán  incluirse  hasta la declaración anual ordinaria de septiembre. Estas excepciones a las disposiciones originales son transitorias y dejarán de surtir efectos a partir de octubre de 2020.

La ventaja que se tiene este año, con respecto al anterior, es que la plataforma del Banco Central dejó de ser un misterio para los usuarios y muchos problemas se corrigieron. Asimismo, ya se conoce la información requerida por el sistema, sus limitaciones y los mecanismos de presentación de la declaración informativa.

Es por esto que los encargados del trámite deben revisar la declaración de RTBF presentada hace unos pocos meses y asegurarse de que todos los datos obtenidos en ese momento se mantienen aún vigentes. En caso de que hayan ocurrido cambios, se debe contar con la información necesaria para actualizar la información que así lo requiera. 

Se debe aclarar que, según la Resolución, la declaración de RTBF presentada en el periodo anterior se precargará automáticamente en el sistema, para mayor facilidad del usuario, pero esta información debe ser ratificada por el representante legal.

Tomar las previsiones necesarias es esencial para evitar multas.  La declaración ordinaria de RTBF de este periodo podrá presentarse sin multas, únicamente, durante el mes de septiembre, por lo que asesorarse como corresponde y mantener en orden la información, puede evitar muchos dolores de cabeza que puede surgir de último momento.

 

*Deloitte Legal

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Martes 11 Agosto, 2020

HORA: 12:00 AM

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