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Nacionales

335 mil sociedades desaparecen en tres años

Según datos del Registro Nacional

Un total de 335 mil sociedades desaparecieron en cuestión de tres años, según datos proporcionados por el Registro Nacional

Un total de 335 mil sociedades desaparecieron en cuestión de tres años, según datos proporcionados por el Registro Nacional ante una solicitud de DIARIO EXTRA. 

Se trata de las disoluciones que se dieron entre el 2019 y el 2022. De ellas, hay 74.670 que podrían volver a la vida acogiéndose a la Ley de Reinscripción de Sociedades.

Este medio quería saber cuántas sociedades inactivas existen en el país. Al respecto, Agustín Meléndez, director general del Registro Nacional, señaló que dicha clasificación únicamente la maneja Tributación. 

No obstante, aclaró que las sociedades mercantiles tal y como regula el Código de Comercio se establecen justamente para ejercer una actividad económica. 

La razón del por qué algunas de las empresas jurídicas sirvan únicamente para albergar bienes, es una incógnita, pero no es una práctica prohibida por ley. 

Una de las causales de disolución es que una sociedad no pague el impuesto a personas jurídicas durante tres períodos consecutivos. El Ministerio de Hacienda emite los listados al Registro Nacional, que es quien procede a ejecutar el trámite. 

Asimismo, se anota una garantía real a favor del Estado sobre los bienes muebles e inmuebles para que proceda a realizar el cobro respectivo de los impuestos dejados de pagar al fisco. Esto puede recaer sobre los socios. 

Otra acción que puede presentarse es que se ejecute una repartición de bienes, pero esto se ejecuta en sede judicial. 

Meléndez contó que desde hace varios años tienen un servicio para proporcionar información de manera inmediata al Ministerio de Hacienda sobre sociedades y otros datos de dominio público. 

 

¿SE EXTRALIMITA?

 

Como DIARIO EXTRA lo adelantó, el nuevo formulario para sociedades inactivas solicitará información sobre los bienes que los contribuyentes tienen en este tipo de vehículos jurídicos a partir de abril del presente año. 

Sin embargo, algo que llama la atención es que el reglamento para simplificación de trámites prohíbe a las instituciones públicas pedir a las personas información que ya esté en una base de datos de acceso público, como es en este caso el Registro Nacional. 

El exdirector general de Tributación, Francisco Villalobos, expresó que, en su criterio, la resolución de Hacienda se extralimita porque por esta vía se pretenda obtener información de saldos de cuentas bancarias o inclusive, bienes o cuentas en el exterior. 

“Una vez más, se nos impone, a los que cumplimos, más obligaciones. Es como sermonear a los que van a misa. ¿Y los que no van?”, replicó. 

El socio fundador de la firma ICS Abogados aclaró que las sociedades que tienen inversiones pasivas, como certificados de depósito o préstamos, y así están registradas, no entran en la categoría de inactivas y, por lo tanto, no deben presentar esta declaración, lo que deben asegurarse es de estar registradas correctamente.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Jueves 02 Febrero, 2023

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