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Opinión

El aborto terapéutico practicado en instituciones de salud

Derecho humano que no debe ser revisado o derogado.

 

 

 

Debe explicarse qué es el Aborto Terapéutico o No Punible, previsto en el artículo 121 del Código Penal y la importancia del Decreto que oficializa la Norma Técnica para el Procedimiento Médico vinculado con el artículo 121 del Código Penal (aborto terapéutico) para que las mujeres costarricenses tengan acceso a un aborto que no es un delito, porque se protege la vida o la salud de la mujer embarazada.
En el caso del aborto terapéutico, la sola existencia del artículo 121 del Código Penal no ha garantizado el derecho de las mujeres a acudir a un aborto impune por la falta de una regulación técnica y el desconocimiento de la normativa, cuya consecuencia ha sido la negación de la valoración médica para que se realice el procedimiento.
En el año 2015, el Estado costarricense fue notificado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la formulación de dos peticiones relacionadas con los casos de dos mujeres que no tuvieron acceso al Aborto Terapéutico, cuando estuvo en peligro su salud.
En este contexto, el Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Ejecutivo 42.113-S de 12 de diciembre de 2019 que “Oficializa la Norma Técnica para el Procedimiento Médico vinculado con el artículo 121 del Código Penal (aborto terapéutico).”
La Conferencia Episcopal de la Iglesia Católica vigorosamente ha manifestado su oposición a la promulgación de la Norma Técnica y emitió un comunicado dirigido al entonces presidente Carlos Alvarado reiterando su indignación por la firma del decreto que oficializó la Norma Técnica sobre el Aborto Terapéutico.
El presidente de la República, Rodrigo Chaves, se reunió el jueves 19 de mayo del presente año con la Conferencia Episcopal y les garantizó que el Ministerio de Salud revisaría la norma técnica. ¿Cuál es la pertinencia o necesidad de “revisar” una norma técnica? No se indicó razón alguna que justificara esa revisión, pero Monseñor José Manuel Garita, presidente de la Conferencia Episcopal, lo explicó: “Manifestamos anteriormente que la norma técnica no hace falta, solo con el Código Penal, como estaba”.
Las palabras del Obispo Garita son una declaración acerca de que la Norma Técnica debe ser derogada, lo que colocaría al país en una situación de incumplimiento de las normas de derechos humanos ratificadas y repetiría la historia de la condena de Costa Rica en la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la prohibición de la fertilización in vitro con base en los argumentos de la Doctrina Católica. Acceder a las pretensiones de la Jerarquía de la Iglesia católica puede resultar contrario a los derechos humanos y derivar en una lesiva condena judicial internacional.

*Abogadas

 

 

 

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Miércoles 13 Julio, 2022

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Linda Casas Zamora* / Fabiola G. Ross*

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