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Nacionales

Comienza a funcionar garantía en cooperativas y bancos privados

Clientes recibirían ¢6 millones en caso de cierre o quiebra

Para los bancos significa un nuevo gasto, pero Alberto Dent, presidente del Conassif, adujo que no debería ser trasladado este costo al consumidor.

El Banco Central de Costa Rica y el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) informaron que ya comenzó a funcionar el Fondo de Garantía de Depósitos.
Se trata de una figura creada recientemente y que responderá por sus ahorros en caso de que la entidad financiera entre en problemas, consiste en una especie de garantía que tendrán las cooperativas, bancos privados y públicos.
En el caso de los bancos del Estado la garantía es ilimitada, mientras que en cooperativas y privados será de hasta ¢6 millones, es decir que este es el monto máximo que recibirían los ahorrantes.
No obstante, la maduración del proceso se espera en un plazo de 25 a 30 años, de modo que, si algo pasa antes es probable que respondería el encaje mínimo legal y lo que haya ahorrado hasta ese momento.
Rodrigo Cubero, presidente del Banco Central, dijo que se trata de un fondo solidario, el cual se nutre del aporte de las entidades, es decir que su financiamiento no sale del bolsillo de los clientes.
Para los bancos significa un nuevo gasto, pero Alberto Dent, presidente del Conassif, adujo que no debería ser trasladado este costo al consumidor, o al menos esa es la expectativa.
Se pensó en un monto de ¢6 millones porque se estima que un 94% de los ahorrantes en el sistema financiero maneja ese monto en sus cuentas o menos de eso.
Esta protección aplica únicamente a 41 de las entidades reguladas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef). No incluye al Banco Hipotecario de la Vivienda (Banvhi) ni a las mutuales, pues estos últimos tienen sus propios mecanismos de seguridad.
Si bien la cobertura inició desde mayo, será hasta octubre que las entidades financieras comenzarán a hacer los primeros aportes, que se contabilizarán cada tres meses.
El fin de la norma es proteger a los más pequeños y Dent aclaró que el beneficio no puede ser endosado a un tercero, es decir que solo aplica para el titular de la cuenta y en caso de beneficiarios cuando se trate de un fallecimiento. Cubre depósitos a plazo de personas y empresas.
Dicho fondo comenzó a hacerse tras la aprobación de la Ley 9816. Responde solo por el monto principal y no por intereses.
La norma prevé que se devuelva el dinero a los ahorrantes en un mes, una vez que la Sugef determinara que esto es lo que procede. El fondo será administrado por el Banco Central.
Dent aclaró que este beneficio no podría aplicarse a casos como Aldesa en donde lo que está en juego es dinero invertido a través del Puesto de Bolsa o el Mercado de Valores.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Viernes 01 Octubre, 2021

HORA: 12:00 AM

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