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Nacionales

Uso obligatorio de caretas es invasivo e irrazonable

Abogados contrarrestan criterio del ministro de Salud

El uso de la mascarilla es obligatorio en todo espacio cerrado

El ministro de Salud, Daniel Salas, anunció la obligatoriedad de usar mascarilla o careta en todo espacio cerrado, excepto las viviendas y aquellos donde se ingiera comida, pero ya hay varios juristas que aseguran eso es irrazonable e incluso lo consideran inconstitucional. 

Expertos consultados por DIARIO EXTRA explicaron que para aplicar esa medida debe dictarse un reglamento para tales efectos, pues sin el reglamento sería inconstitucional porque no se expone un criterio técnico que sustente la decisión del Poder Ejecutivo.

En esa línea recalcan que la resolución no cumple con el requisito de reglamento porque debe tener tres fases: 1) ser emitido por el Ejecutivo, 2) ser de orden general y 3) ser publicado en La Gaceta. Además, debe estar firmado por el presidente Carlos Alvarado.

Para otros constitucionalistas el uso obligatorio de la mascarilla o la careta sí cumple con la normativa, situación que no se presenta al restringir el uso de los vehículos personales.

En ese caso consideran un agravante el hecho de obligar a las personas a utilizar autobuses y exponerse al contagio por cercanía con personas que no son parte de sus burbujas.

 

IRRAZONBALE

 

De acuerdo con Fabián Silva, abogado constitucionalista obligar a usar mascarilla o careta en lugares privados sería irrazonable, en especial en aquellos sitios donde no atiendan público.

“De acuerdo con el artículo 4 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, que define el estado de emergencia, se le permite al Poder Ejecutivo emitir decretos ejecutivos que regulen las circunstancias extraordinarias en caso de una calamidad pública. Asimismo, el artículo 30, donde se regulan las fases de la emergencia, permite que en la fase de respuesta también se puedan establecer medidas orientadas a evitar peores consecuencias causadas por la calamidad. Esto quiere decir que, con base en estas normas, el Ejecutivo puede emitir decretos que regulen el comportamiento de las personas durante ese tipo de eventos extraordinarios, sin embargo, estos deben ser razonables y proporcionales con la situación. En este caso, por ejemplo, parece que el uso obligatorio de mascarillas o caretas puede ser impuesto con base en estos artículos para estar en lugares cerrados, sin embargo, no podría aplicarse esa disposición para cualquier lugar privado, solo a aquellos en los que se da atención al público, pues sería irrazonable”, explicó.

 

AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD

 

En la misma línea, el experto constitucionalista Ewald Acuña considera que podría haber controversia por la obligación de usar este elemento en oficinas privadas en personas que no atiendan público.

“Hay un principio de autonomía en la voluntad, que consiste en que la persona puede hacer aquello que no contravenga normas o intereses comunes. El utilizar los medios de protección en todo lugar donde haya interacción de personas puede entenderse como una medida de salud pública, lo que no se puede es dentro de los ámbitos de intimidad de las personas; es decir, el domicilio. Me surge la duda si en los recintos de trabajo donde no se atiende público puede ser exigible el uso de la mascarilla o la careta. Que alguien venga y diga ‘usted tiene que trabajar con careta o mascarilla’ (si no atiendo público) me parece una intromisión excesiva porque va más allá de los límites razonables que requiere una medida de salud pública”, indicó.

 

NO PUEDEN LIMITAR ESPACIOS PRIVADOS

 

No obstante, el abogado Fernando Zamora, explicó que la medida no limita un derecho fundamental como tal, no hay un derecho constitucional que se pueda decir que está gravemente lesionado.

“Ellos no pueden limitarte a algún tipo de espacio que sea dentro de tu intimidad, como tu casa; ellos solo están legitimados de acuerdo a la Ley General de Salud por protección al derecho a la salud, que es un derecho superior a cualquier otro. Uno podría pensar que desde esa perspectiva sí están facultados a establecer algún tipo de limitación de ese tipo en la vestimenta de la persona. El problema lo veo en impedir la circulación de los vehículos porque es absurda, no tiene sentido, no te está protegiendo en absolutamente nada, por el contrario, te impulsa al uso de vehículos de transporte público, entonces más bien te tiran a la pandemia, al contagio, porque si no puedes trasladarte en tu carro porque te lo impidieron, te están obligando a trasladarte con desconocidos que te pueden contagiar. Eso sí es gravísimo”, dijo.

El ministerio de salud anunció que medida empezó a regir a partir de este lunes, después de la incorporación en la resolución MS-DM-6228-2020, la cual modifica la resolución del Ministerio de Salud No.MS-DM-4907-2020, las cuales se refieren al uso obligatorio de la mascarilla o la careta como equipo de protección personal para disminuir el aumento en la propagación del Covid-19.

“Se ha modificado la instrucción del uso de mascarillas para que estas sean utilizadas en todos los espacios cerrados, con excepción de los lugares donde se ingieren alimentos por la incomodidad que esto representa y eso obviamente no incluye las casas de habitación y recintos familiares, haciendo la salvedad que hay una fuerte recomendación que todas las personas que están atendiendo personas enfermas con síntomas, positivos o sospechosos con Covid-19, lo ideal es que estén usando mascarillas o caretas”, dijo Salas.

 

 

ASÍ VA EL COVID-19

 

Casos confirmados: 11.534

Casos activos: 8.449

Nuevos casos: 420

Fallecidos: 66

Recuperados: 3.019

Pruebas aplicadas: 69.947

Extranjeros contagiados: 3.346

Ticos contagiados: 8.188

Casos descartados: 47.687

Hospitalizados: 259

En salón: 212

En cuidados intensivos: 47

 

 

UCI

 

El ministro Daniel Salas reiteró que las unidades de cuidados intensivos (UCI) no son exclusivas para la atención de pacientes con Covid-19, sino que atienden otras patologías también, tales como infarto, traumas por accidente de tránsito y eventos hemorrágicos cerebrales.

 

 

NUEVAS CONTRATACIONES

 

La Caja Costarricense de Seguro Social anunció la contratación de 646 personas en el campo de la salud para la atención de la pandemia, quienes laborarán en la nueva torre del Hospital Calderón Guardia.

En la institución ya tienen una lista de elegibles, pero quienes estén interesados en la oportunidad laboral pueden solicitarla en la página www.rrhh.ccss.sa.cr.

PERIODISTA: Sharon Cascante Lizano

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Martes 21 Julio, 2020

HORA: 12:00 AM

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