El reconocimiento como hijo es irrevocable
Lic. Gerardo Morales / La Ley a su Alcance
CONSULTA: Tuve una relación sentimental con una muchacha de la cual nació un niño, el bebé tiene mi apellido y ahora que ya no estoy con ella me pide que renuncie a la paternidad del niño. ¿Es posible eso? ¿Qué debo hacer?
RESPUESTA: Bajo el principio de la necesaria estabilidad emocional en cuanto a su estado civil, existen normas que protegen los derechos de la personalidad, el nombre, su relación filial con ambos padres, y su familia por los las vías de su madre y su padre. Una persona asume, desde que tiene uso de razón, una identidad, que lo acompaña desde el kínder, en la vida académica, hasta que logre su último título.
Igual ocurre con su identificación dentro de los grupos sociales, lo que debe presentar variaciones que le cuestionen su origen familiar, porque eso atenta contra su autoestima. Por esa y otras razones, el artículo 85 del Código de Familia impide que el reconocimiento de una persona pueda ser revocado. Pero, como la paternidad contiene una serie de derechos y obligaciones de índole moral, familiar y económico, nadie puede renunciar a la paternidad.