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Nacionales

Crianza es responsabilidad de padre y madre

Aunque estén divorciados

De forma unánime el alto tribunal constitucional resolvió el recurso

Este lunes, la Sala Constitucional dio a conocer la resolución de fallo donde ratifica que la educación y la crianza de los niños es responsabilidad del padre y la madre, sin importar si están separados, divorciados o no viven juntos. 

La resolución se sustenta luego de que una mujer presentó un recurso de amparo, ya que una escuela privada le negó información académica de su hija, alegando que la guarda y crianza de la menor la posee el padre (es quien reside con la menor de edad), además de que él es quien figura como contratante del servicio educativo.

“La resolución explica que la guarda, la crianza y la educación son tres atributos diferentes e individualizables de la patria potestad y que si bien una autoridad judicial puede fijar –o los propios progenitores pueden pactar, cuál de ellos ejercerá el atributo de la guarda, tenencia o custodia de sus hijos e hijas– la educación y la crianza de los hijos e hijas es responsabilidad tanto del padre como de la madre, independientemente no solo de su estado civil, sino también del hecho de que residan juntos o separados”, explicó la Sala en un  comunicado de prensa.

Los magistrados determinaron que se dio una lesión a los derechos de la madre y ordena al centro educativo que se le entregue la información sobre su hija.

“Resulta constitucional y convencionalmente válido afirmar que estos dos atributos de la crianza y de la educación se ejercen de pleno derecho, es decir, sin necesidad de que exista un pronunciamiento expreso de las autoridades judiciales; al tiempo que no son susceptibles de limitarse -y mucho menos anularse- por acuerdo de los progenitores”, detalla el magistrado instructor del caso, Mauricio Chacón Jiménez.

El fallo es parcialmente con lugar porque en el amparo la recurrente también solicitó información sobre las entradas y salidas del centro educativo de su hija, pretensión que fue rechazada, pues esa información le concierne al padre de familia por ser él quien está a cargo de la menor de edad.

 

PROYECTO DE LEY

 

En un tema similar que tiene que ver con quién debe sufragar los gastos en el hogar, actualmente en la Asamblea Legislativa se conoce un proyecto de la diputada socialcristiana María Vita Monge, que busca modificar el Código de Familia donde se excluye a la mujer del sufragio de los gastos del hogar.

El artículo en mención dice textualmente: “El marido es el principal obligado a sufragar los gastos que demanda la familia. La esposa está obligada a contribuir a ellos en forma solidaria y proporcional, cuando cuente con recursos propios”.

Es por esa razón que la diputada busca reformar este artículo.

“La responsabilidad de sufragar los gastos que demande la familia recae en ambos cónyuges, quienes contribuirán en forma solidaria y proporcional de acuerdo con sus ingresos propios. Esta disposición será aplicable a la unión de hecho”, es la propuesta de reforma de la diputada.

PERIODISTA: Bharley Quirós Navarro

CRÉDITOS: Foto archivo

EMAIL: [email protected]

Martes 07 Mayo, 2019

HORA: 12:00 AM

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