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Opinión

Sobre el prevaricato culposo y algunas consideraciones emitidas a la opinión pública

Rechazamos las declaraciones dadas en días pasados, por el señor José Miguel Corrales, con relación con la función que desempeñan los jueces y juezas. Es criterio de aquel que, para que los jueces y juezas “se cuiden” en sus resoluciones, es necesario instaurar la figura del prevaricato culposo.- Esta figura, en síntesis, pretendería que un juez(a), sea sancionado penalmente, a consecuencia de un error judicial. Debemos ser comedidos con respecto a esta aseveración, pues el error judicial no se relaciona con el corrupción.


Las declaraciones resultan ofensivas, si tomamos en cuenta que en nuestro régimen democrático de derecho, durante lo que va del siglo XX y XI, ninguna persona juzgadora, ha sido penalmente sancionada por haber incurrido en el delito de prevaricato, figura que entraña el tomar resoluciones contrarias a derecho, a sabiendas de su ilegalidad.


Esta estadística no nos debe causar estupor, dado que precisamente, al vivir bajo un régimen democrático de derecho, nuestro sistema legal se ha encargado y caracterizado en su parte procesal, de filtrar mediante la figura de los recursos y demás remedios al alcance de los litigantes, aquellas resoluciones en que por alguna u otra razón, se considere que hayan incurrido en error; de allí que resulte innecesario y hasta redundante, hablar de la figura penal de la mal praxis judicial. Amén de lo dicho, es importante recordar que a lo interno del Poder Judicial, también se cuenta con un régimen disciplinario que se encarga de imponer sanciones administrativas, luego de comprobada una falta mediante el debido proceso, las que puede derivar desde una llamada de atención hasta el despido sin responsabilidad patronal. Y, evidentemente, cualquier conducta ilegal tipificada penalmente, debe ser investigada y si es del caso sancionada.


Por ello debemos disentir de traer al redil público la idea del prevaricato culposo, dado que, la imposición de un posible delito penal así concebido, sería un medio más para que se exponga a un juez o jueza al mejor estilo de la pública ordalía, pues sería un tema cargado de alta subjetividad, ya que quienes pierdan un litigio, la figura permitiría cuestionar en lo personal al señor juez o jueza por lo que se considere desde el punto del vista del perdidoso, un grave error judicial, con lo que estaríamos a las puertas de una nueva especie jurídica que permitiría violentar y trastocar la independencia judicial.


Esperemos que lo dicho por el señor político, solo sea un eco del pasado –ya que ha sido harto discutido este tema- y no sea una nueva idea de lo que en el futuro espera a la justicia, pues flaco favor haríamos al estado de derecho, el cuestionar la libertad de criterio y de resolver conforme a la Constitución y a la ley, de los (as) administradores (as) de justicia.

 

*Presidenta, Junta Directiva Nacional ACOJUD

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Sábado 08 Junio, 2013

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Por: Msc. Adriana Orocú Chavarría

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