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Opinión

Secreto bancario y el sigilo del banquero

Luis Fernando Allen Forbes*

El ministro de Hacienda, el señor Rodrigo Chaves, ha mencionado a los diputados que es necesario modernizar el sistema tributario y para lograrlo se debe levantar el secreto bancario como una herramienta para evitar el fraude y la evasión fiscal.

Entiéndase el secreto bancario como un caso concreto de secreto profesional de no divulgación de información a la que se ha tenido acceso en el ejercicio de una determinada profesión a terceras personas.

En el caso del ámbito bancario, al referirse al secreto lo que se pretende señalar es la imposibilidad de facilitar a otras personas ajenas a la relación datos sobre clientes de las entidades de crédito.

El secreto bancario se puede entender como la relación jurídica derivada del hecho de que la institución bancaria conozca la situación económico-patrimonial de su cliente, conocimiento que se produce gracias a la especial actitud de recíproca confianza que ambas partes mantienen en su trato y que se convierte en uno de los caracteres más remarcables de la operatoria bancaria en general.

No obstante, el secreto bancario es una cuestión que trasciende a la propia ciencia del derecho y está profundamente vinculada a la posición ideológica que se adopte. Es una de las realidades protectoras de la intimidad personal que se ve amenazada por el uso de las modernas técnicas electrónicas y aparatos del poder.

El presidente Carlos Alvarado pretende bajo la presión de falta de recursos para reactivar la economía y la reducción del déficit fiscal apoyar el proyecto del ministro de Hacienda, para rastrear la intimidad más profunda de un sujeto, mediante la utilización del levantamiento del secreto bancario en donde podrá encontrar desde sus calificaciones escolares hasta sus vinculaciones políticas, visitas hospitalarias, sus relaciones económicas, vínculos familiares, amistosos o eróticos, sus pretensiones profesionales, sus relaciones epistolares, sus problemas con la policía, etc.

Ante esta realidad creo que sigue en pie la necesidad de limitar el desarrollo del poder público, enemigo principal de la esfera de intimidad personal. En la medida en que el secreto bancario sirve a la defensa de esa esfera personal de intimidad.

Conforme a esta posición, el secreto bancario es un deber jurídico nacido del comercio de banca generalmente observado en el tráfico nacional o internacional. El secreto como deber se inserta en la noción de confianza inherente a la relación de crédito.

Finalmente, la posibilidad de levantamiento del secreto bancario frente a la Hacienda Pública depende de planteamientos ideológicos, quizá con mayor intensidad que otras cuestiones económicas, porque están en juego intereses sociales y privados, el respeto a la intimidad y los deberes fiscales.

En otras palabras, es una la obligación jurídica de sigilo que pesa sobre el banquero respecto a las operaciones profesionales realizadas con su cliente.

 

*Asociación Salvemos el Río Pacuare

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Jueves 27 Febrero, 2020

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