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Opinión

Plazo y daños por arrendamiento

CONSULTA: Alquilé una casita, pero, por mera tolerancia y amistad de nuestras madres, y que, en el corto plazo, dicho inquilino pensaba comprar casa, se hizo el contrato mínimo un año y se estableció así para que no perdiera la liquidación del depósito, lo que eventualmente le serviría para enganchar su casa nueva, y, en efecto a los trece meses se fue, pero nunca compró la casa.

Sin embargo, al mes y medio de estar aquí, trajo un perro más o menos pequeño, pero bravo, pero no me lo advirtió, entonces le dije verbalmente, que lo hacía bajo su responsabilidad, todo el cuido del perrito.

Pero cuando salían, dejaban al pobre perro todo el día encerrado y hasta que ya volvían, el perrito se calmaba, previas quejas intermitentes de los vecinos. Eso era lo que estábamos aguantando, pero cuando ellos desocuparon la casa fui a inspeccionar y me imaginaba lo peor, como en efecto fue; todas las puertas reventadas y rasgadas por el perrito, además, del lavatorio reventado, cualquier cantidad de hoyos en las paredes, algunas piezas de cerámica del piso quebradas, ausencia de celosías, la pintura que hacía un año se había pasado a la casita, estaba sucia, en algunas paredes muy sucias, algunas paredes con hongos, olor a moho, a humedad, en general la casa muy sucia, etc.

La idea de firmar el contrato por un año mínimo, era, precisamente para que no perdiera la liquidación del depósito, pero, con semejante deterioro, cual, si hubiera vivido ahí, por lo menos 4 o 5 años, cambia las cosas, entonces procedió la liquidación y ésta, por supuesto es superior al depósito.

Ellos están esperando el resto del depósito, pero, no son conscientes de los daños que hizo su perrito, y, la negligencia e inconciencia de ellos mismos, además de que incurrieron en el maltrato del perrito, al tenerlo encerrado tantas horas, y era todos los fines de semana. Obviamente se aplica la liquidación y sin tomar en cuenta algunas contingencias, pues les estoy cobrando solo la puerta principal (pues esta fue la que sufrió más daños, varios daños, floja, deterioraron el llavín, etc.), la pintura, la suciedad de los vidrios y otros gastos menores. El lavatorio tampoco se los estoy cobrando, pues no les alcanza su depósito. Por supuesto, el contrato estableció, entre otras cosas, que debió dejar el bien tal y como lo encontró. ¿Estoy procediendo bien?

R

ESPUESTA: Los dos primeros errores que noto en esta consulta son que un alquiler no se hace por mera tolerancia, que sería gratuito, sino con el pago de una mensualidad. En segundo lugar, el contrato mínimo legal es por 3 años. Un contrato con plazo menor es ilegal, y siempre será de 3 años. En cuanto a los daños seguramente causados por el perro, o por sus mejores amigos, apenas empezó el problema, debieron haber puesto la denuncia ante el SENASA, que es la entidad que se encarga del buen trato y de las denuncias por crueldad animal.

Aunque los contratos son importantes, en este caso ese papel vale poco, por la gravedad de los daños sufridos en la propiedad. Para lograr algún efecto, es que se pide un depósito de garantía, que pareciera que en este caso es insuficiente.

Con tales antecedentes, debe plantear un proceso civil por responsabilidad, para que una sentencia obligue a restaurar los componentes de la casa. Pero valdrá la pena, siempre y cuando el inquilino tenga con qué responder, porque si es un limpio, podrán ganar la demanda, pagar abogado, pero si el inquilino no tiene un patrimonio para responder, todo queda en el papel. Por lo que veo, la única garantía real será conservar el depósito de garantía.

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Miércoles 26 Febrero, 2020

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Lic. Gerardo Morales

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