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Nacionales

Venta de motos se haría únicamente a quien tenga licencia

Propone diputada Marulin Azofeifa

El año pasado 203 motociclistas murieron en accidentes en carretera. (Foto: Archivo)

Si un proyecto de ley se aprueba en la corriente legislativa, la venta de motocicletas en el país quedaría restringida para las personas que cuenten con la licencia respectiva al día.

Así lo propone la diputada independiente del bloque Nueva República Marulin Azofeifa.

Se trata del expediente 21.770, y según la legisladora el objeto es mitigar los accidentes y muertes de motociclistas en carretera.

En el 2019 según las cifras de la Policía de Tránsito registraron 16 mil accidentes que involucran motociclistas, es decir 48 motociclistas accidentados por día. Asimismo, 203 motorizados perdieron la vida en nuestras calles en el 2019.

El problema es que más de la mitad de las personas que utilizan una motocicleta en el país no tienen licencia.

El 53% de los conductores de motocicletas en nuestro país no posee licencia, así se concluye en la Encuesta Actualidades 2016 de la Escuela de Estadística de la Universidad de Costa Rica (UCR).

De acuerdo con esta investigación de la UCR, un total de 589.523 personas en nuestro país conducen una motocicleta por motivos de trabajo o de uso propio, es decir un 18,7% del total de la población, sin embargo, más de la mitad (un 53%) no cuenta con una licencia, lo que equivale a un total de 312.874.

Asimismo, datos del Sistema de Acreditación de Licencias del Consejo Nacional de Vialidad (Cosevi) confirman que en Costa Rica solo 434.921 motociclistas cuentan con algún tipo de licencia para manejar estos vehículos.

“Las motocicletas deben estar en manos de personas responsables, porque es preocupante que el 53% de las personas que tienen un accidente de tránsito en motocicleta, no contaban con una licencia de conducir” señaló la legisladora.

El rango de edades de las personas que colisionan en motocicleta sin ningún tipo de permiso de conducir va de los 19 a 49 años de edad.

ÚLTIMA MODIFICACIÓN

En 2017 el Congreso realizó una modificación a las multas de tránsito. Ahí se definió que ya no se podrá conducir motos de hasta 125cc o cuadraciclos de hasta 500cc en vías primarias con la licencia B1, con excepción de los cuadraciclos pero solo en vías rurales.

Si el chofer conduce un vehículo para el cual no posee la licencia requerida, deberá pagar una multa de ¢104.600.

Si el chofer dejó olvidada la licencia, la tiene vencida o suspendida, los oficiales podrán retirar las placas del vehículo.

Una multa de ¢22 mil se le aplicará al dueño del vehículo cuyo automotor sea sorprendido con un chofer sin licencia de conducir.

El proyecto de Azofeifa establece que además la persona deberá presentar para su respectiva acreditación ante el Registro Nacional bajo fe notarial mediante una escritura pública.

PERIODISTA: Bharley Quirós Navarro

EMAIL: [email protected]

Martes 04 Febrero, 2020

HORA: 12:15 AM

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