Domingo 28, Abril 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Nacionales

2 de agosto es feriado de pago no obligatorio

Lo recuerdan autoridades del Ministerio de Trabajo

Una buena parte de fieles católicos peregrinan hasta Cartago para encontrarse con la patrona de Costa Rica en estas fechas

Las autoridades del Ministerio de Trabajo recuerdan a toda la población que el 2 de agosto es un feriado de pago no obligatorio, lo cual significa que toda persona trabajadora tiene derecho a gozar de ese día sin trabajar y no puede recibir sanción de su patrono, a menos que tenga algunas de las restricciones estipuladas en los artículos 150 y 152 del Código de Trabajo.

 

De otro modo las autoridades explican que toda empresa que tenga modo de remuneración semanal que no sea del sector comercial deberá reconocer este pago de forma sencilla, mientras que quienes reciben el pago mensual o quincenal deberán recibir un pago doble en razón de si ese día en particular tuvieron que laborarlo, e igualmente si su centro de trabajo es del sector comercial y le paga de forma semanal.

 

Estas disposiciones no discriminan respecto de si el centro de trabajo es nacional, transnacional o internacional, en razón de que los feriados tienen goce, independientemente del tipo de empresa que opere en nuestro país.

PERIODISTA:

CRÉDITOS: Imagen con fines ilustrativos

EMAIL:

Martes 30 Julio, 2019

HORA: 03:10 PM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA