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Nacionales

Tributación debe 5 reglamentos a 9 días de que entren nuevos impuestos

• En el Diario Oficial La Gaceta

Cinco reglamentos relacionados con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas aún se encuentran pendientes de publicación. El Ministerio de Hacienda aseguró que estos y las resoluciones verán la luz en el Diario Oficial La Gaceta en el transcurso de la próxima semana.
Carlos Vargas, director general de Tributación, aseguró que el del impuesto sobre la renta está terminado y se halla en el trámite interno de esa cartera para pasarlo a leyes y decretos. Espera se halle listo el próximo martes o miércoles.
Mientras tanto recordó que el de comprobantes electrónicos sale la próxima semana y se encuentra en leyes y decretos para su proceso de firma y publicación. Lo que ya está es la resolución 48-2016, que hace algunos ajustes a las estructuras en función de las modificaciones de la ley.
Respecto al reglamento del régimen simplificado, el cual pretende ampliar las actividades económicas que en la actualidad no están consideradas, igualmente se publicará en próximos días.
El cuarto reglamento es el de insumos agropecuarios, que está en leyes y decretos para publicarse, mientras que el que ajusta los tramos del impuesto al salario también se halla pendiente de publicación.

RESOLUCIONES

Este viernes a las 11:30 a.m. se publicó en La Gaceta una resolución sobre el reglamento de exportadores y productores de la canasta básica.
En la publicación de Hacienda indicó que para determinar el porcentaje de las operaciones de productos incluidos en el decreto de la canasta básica o de una materia prima indispensable para la producción de los bienes se debe tomar la información de las declaraciones del impuesto al valor agregado (IVA) correspondientes al año natural anterior a la fecha de la solicitud.
Si el interesado cuenta con 12 meses de operación en el IVA o impuesto de ventas, el porcentaje de ventas se basará en la información de las declaraciones presentadas desde el inicio de las operaciones hasta la fecha de la solicitud, siempre y cuando se cuente con al menos seis declaraciones presentadas.
Tanto en el registro de los exportadores como de comercializadores los nuevos contribuyentes o quienes tengan menos de seis meses de operación, al no contar con declaraciones del IVA suficientes, deberán presentar una sola proyección de las operaciones para los seis meses siguientes a la fecha de la solicitud.
Cuando finalice la proyección deberá actualizar la información a partir de los datos reales de sus operaciones.
DIARIO EXTRA conversó con German Morales, socio director de Grand Thornton, quien explicó que los exportadores no pueden comprar sin IVA el 1º de julio porque considera que el registro no estará listo, así como los estudios de compras de las empresas de seis meses.
“Esto va a generar que tienen que contar con dinero para financiar el IVA y solo para generar saldo a favor de Hacienda lo tiene que devolver. Además no metieron los proveedores de exportadores y no se va a contar con el número de la exoneración a tiempo para comprar sin IVA”, declaró.

PERIODISTA: Greivin Granados

EMAIL: [email protected]

Sábado 22 Junio, 2019

HORA: 12:00 AM

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