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Nacionales

“IVA y Renta entrarán en medio de un mar de dudas”

Asesores tributarios y legales de Moore Stephens:

DIARIO EXTRA conversó con José Becerra y José Antonio Saborío, expertos de la firma Moore Stephens Costa Rica

Una prueba de fuego es lo que enfrentarán los contribuyentes y el Ministerio de Hacienda a partir de julio, cuando entren a regir los cambios al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Renta.

Todo parece indicar que la reforma iniciará en medio de un mar de dudas y no será hasta que se ponga en marcha que irán aclarándose los nublados del día. 

DIARIO EXTRA conversó con los expertos de la firma Moore Stephens Costa Rica, José Becerra (socio de Servicios Tributarios) y José Antonio Saborío (socio de Impuestos), para conocer su perspectiva. 

¿Qué pasa con el IVA, cuáles son las expectativas?

-Ya para esta fecha el que tiene diferentes tarifas debería haber calculado la diferencia porque queda muy poco tiempo.

¿El desconocimiento es más en qué tipo de empresa?

-Yo diría que las empresas medianas y grandes se han venido asesorando más, pudiera verse un efecto mayor en las pequeñas. No es vender miedo, es la realidad. IVA y Renta entrarán en medio de un mar de dudas.

¿En las capacitaciones ven que la gente está preparada?

-Más de uno termina asustado viendo lo que se viene.

¿Qué pasa si para agosto una empresa o cliente viene y le dice al contador o al abogado “usted no me advirtió de esto”?

-El régimen profesional es muy laxo. En otros países tienen una póliza donde si se equivoca paga el seguro.

Ahora dicen que los contadores pueden ir a la cárcel…

-Es una multa de 400 mil pesos, pero sí hay algunos profesionales que se están preocupando. Al menos todas las charlas que hemos dado nosotros en colegios profesionales han estado llenas. Lo que usted tiene que hacer es buscar un buen profesional. 

¿Pero si se prestan para maniobras de evasión no hay una mayor sanción para el profesional?

-El delito de evasión siempre ha existido y a cuántos profesionales han condenado en 24 años. Solo a un contador y el caso está en Casación.

Sin embargo hay muchas denuncias en los colegios profesionales.

-Yo defiendo a los contadores privados porque de verdad se ha hecho una lucha en capacitar y llegar a los contadores. Se están dando charlas por todos lados, pero el tema es que se han cambiado tantas cosas, se vienen nuevos reglamentos y cada reglamento es un cambio. 

¿Y a estas alturas no están los reglamentos en IVA y Renta definitivos?

-No, y en el IVA y Renta se necesitan nuevos formularios. Ya en agosto se tiene que declarar, ¿y acaso hay formularios nuevos? 

¿Qué sugieren o los colegios profesionales? ¿Pueden proponer que esto se posponga?

-No se puede porque la ley dice que entra a regir el 1 de julio. Todo el sector político y legislativo preocupado porque entrara plata corrieron a que entrara ya y esto tiene un nivel de complejidad muy amplio. Lo correcto era un mayor plazo, los seis meses para la implementación se quedaron cortos y ahora los funcionarios de Hacienda no pueden desaplicar la ley.

¿Qué nos queda, una Tributación benevolente con las multas en lo que la gente se acomoda?

-Lo que le puedo decir es que hay muchos criterios que no están claros. 

¿Será que termina en la Sala IV?

-No lo creo porque ya se hizo una consulta de constitucionalidad sobre la ley. 

¿Entonces no hay salida?

-Al menos si Tributación estuviera aceptando consultas ahorita nosotros podríamos ir aclarando ciertas cosas, pero dice que se contestarán cuando la ley y los reglamentos estén vigentes, entonces lo más probable es que respondan cuando sea demasiado tarde.  

¿Cuál es el proceso para atender esas consultas?

-No evacúan las consultas porque dicen que la ley no ha entrado en vigor. Eso responde la dirección normativa. Ahí es donde yo digo que dónde queda el contador. El mecanismo de consulta existe desde de 1971 y entonces ahora que viene el cambio normativo más grande en 30 años le dicen a uno que no pueden responder porque la ley no ha entrado en vigencia y los reglamentos no son definitivos. 

¿En qué tema hay confusión?

-Vea con el reglamento del IVA. Sabemos que está exenta la educación, pero en el último reglamento nos dice que para tener la exención tiene que hacer la solicitud mediante un formulario y a dos meses de que entre a regir no tenemos el formulario y además para qué ponen requisitos sobre algo ya exento por ley. ¿Cuándo va a contestar Tributación? ¿El 1 de julio? Y así están Bomberos, Cruz Roja, etc. 

¿Cómo cambiarán las tarifas de agua con el IVA?

-Pagan Impuesto al Valor Agregado (13%) sobre el consumo de más de 30 metros cúbicos. Estamos hablando de agua residencial. 

¿Y eso qué significa?

-Una familia de cuatro o cinco personas.

¿La salud quedó exenta el primer año?

-Depende. La gente se confunde en eso, una clínica también le pone la inyección y le da medicinas, unas cosas quedan al 4% y otras al 13%.

¿Pero si voy hoy al dentista?

-Si fuera por la consulta al 4%, pero lo que sea cosmético va al 13%. Depende de si le hizo blanqueamiento dental, se puso frenillos o si le curó una caries. Si es estético va al 13% porque no se considera un servicio médico y paga ya en julio.

¿Entonces solo la consulta médico-paciente todavía no?

-No se va a cobrar el 4% hasta tanto Hacienda no establezca el mecanismo de devolución al paciente, luego se cobrará el 4% sobre la consulta. 

¿Y las medicinas?

-La ley dice que pagarán un 2%, pero Hacienda dice en el reglamento del IVA que elaborara una lista. ¿Cómo sabemos qué producto va a estar y cuál no? Tal vez en temas de Salud yo sí veo a la Sala Constitucional entrándole. 

¿Con el IVA los centros de idiomas pagarán el 2% y estudiar karate?

-La educación regulada por el Ministerio de Educación Pública está exenta. Los cursos particulares de inglés sí pagarán el 2% y lo que son cursos como karate, taekwondo, gimnasios quedan al 13% del IVA.

¿Si voy al salón de belleza?

-Va a pagar el 13%.

¿El mecánico?

-El mecánico siempre ha estado gravado. La pregunta general que le hacen a uno es: ¿Qué está gravado? La respuesta es todo. Muy pocas cosas no.

¿Cómo quedó construcción?

-Si el plano está visado antes del 30 de setiembre de 2019 por el Colegio de Ingenieros no está gravado el primer año. Eso lo dice la ley. Hay ciertos productos de construcción que el impuesto se cobra en fábrica o aduana, si voy a vender ahora o a prestar un servicio y estoy incorporando eso gravado yo debería aprovechar ese factor y hasta ahora no lo he visto. Otra cosa es que la supervisión de obra va a estar gravada a partir de julio y es de lo más caro.

¿Qué sería lo nuevo en turismo?

-Dentro de los hoteles hay spa y otras cosas, si el hotel está inscrito ante el ICT no debería pagar por esos servicios que antes no cobraba.

¿Se podrá medir el efecto real sobre el costo de la vida?

-No creemos que los productos bajen de precio, pero podría ser que no suban en algunos casos. Algunas empresas con el IVA más bien van a aumentar la utilidad, hoy cosas que pasan por costos como el agua o la electricidad van a tenerlo como crédito fiscal, van a tener utilidades mayores, hay una compensación en algunas. Depende de la estructura de la empresa. Un sector que va a golpear mucho la reforma va a ser el de venta de vehículos nuevos y respuestos. 

¿Qué es la renta de capital inmobiliario?

-Es una modalidad de pago del Impuesto sobre la Renta que viene incluida en la Ley para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. Implica que si usted alquila una propiedad, ya sea una casa, un condominio o apartamento, a la hora de pagar el Impuesto sobre la Renta solo puede deducir un 15% de sus gastos. 

¿Quién paga el Impuesto sobre la Renta, el dueño de la propiedad?

-Sí, correcto. No lo paga el inquilino, sino el propietario del inmueble. 

¿No hay forma de deducir mayores gastos sobre ese alquiler?

-Tendría que pasar a renta sobre utilidades y para eso hay que demostrar que tiene al menos un empleado. 

¿Para pagar este impuesto tengo que inscribirme ante Tributación?

-Eso es una de las dudas que deben ser aclaradas por la administración.

Creo que la mayoría de gente que alquila no sabe de este nuevo impuesto.

-Exacto. Esta es una de las desventajas que veo que le pega a la gente de pocos ingresos, el que tenga alquileres por montones que paguen, pero a una persona que tiene subsistencia y solo tenga un alquiler esto sí le va a pegar mucho. 

¿El pago de este tipo de renta es anual?

-No. El pago es mensual y se calcula sobre el monto del alquiler una vez descontado un 15% sobre gastos. 

¿Y será que el propietario suba el precio del alquiler para pagar la diferencia?

-A como está la cosa es mentira, eso no pasa. Si le sube mucho el precio al inquilino, se va. 

¿Ese 15% no permite ni descontar de los gastos el costo del mantenimiento en un condominio?

-No.

¿Y eso se aplica ya a partir de julio?

-Sí, a partir del 1 de julio.

 ¿Qué pasa con los alquileres comerciales en renta de capital inmobiliario? 

-Se eliminó en el último reglamento la retención del 12,75% en renta, pero igual puede descontar gastos por un 15%. 

¿Hay algún cambio para los alquileres de vehículos?

-Digamos que usted pone su vehículo y da un servicio a la empresa. La empresa a partir de ahora debería retenerle a usted un 15% porque eso va a ser una renta de capital mobiliario, lo que usted va a ganar por el alquiler de ese vehículo. ¿Cuánta gente lo va a hacer? Probablemente el 99% no porque no lo saben y en dos años va a llegar Tributación a decirle “lo siento, su gasto no es deducible”. 

¿Qué pasa con los usufructos?

-Usted tiene un terreno y tiene tres hijos. La señora se deja el usufructo y cuando muere queda repartido en tres partes, ese mecanismo se usa mucho en el mundo rural en Costa Rica y ahora va a estar gravado. A la señora usufructuaria Tributación ahora podrá decirle que está gravado con IVA y con Renta.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: David Barrantes

EMAIL: [email protected]

Martes 21 Mayo, 2019

HORA: 12:00 AM

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