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Nacionales

CCSS quiere zafarse de reforma fiscal

Denuncia diputado Pedro Muñoz

  • Pedro Muñoz pide respuestas a las autoridades de la Caja ante el acuerdo que firmaron

  • Esta es parte del documento donde la CCSS y los sindicatos interpretaron la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas

El diputado Pedro Muñoz le pide a la presidencia ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) que explique el acuerdo que firmó con los sindicatos el 20 de febrero, donde según el socialcristiano se busca incumplir las reformas al empleo público incluidas en la Ley para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. 

En el acuerdo, del cual DIARIO EXTRA tiene una copia, se describe un análisis sobre cómo se aplicarán en la institución incentivos salariales como anualidades, dedicación exclusiva, sobresueldos, prohibición, carrera profesional, evaluación de desempeño, auxilio de cesantía, pago bisemanal, sobresueldos y pluses salariales.

De acuerdo con Muñoz, el documento muestra el interés por no aplicar las reformas al empleo público que consigna dicha normativa, que se aprobó en el Congreso en segundo debate el 3 de diciembre. 

“La república independiente de la Caja Costarricense de Seguro Social pactó con los sindicatos salirse de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Cree que es un feudo aparte de Costa Rica, al que no le aplican las reglas de los demás empleados públicos. Eso no puede ser, la ley que aprobamos es contundente y la Caja debe aplicarla”, insistió el legislador.

ANUALIDADES

 

En el documento de acuerdo entre las autoridades de la CCSS y los sindicatos se lee, en el tema de anualidades, que la institución “respetará la fórmula de cálculo y se continuará reconociendo y remunerando de acuerdo con el porcentaje establecido para cada puesto”. 

Esto es fundamental, ya que uno de los cambios que incluyó la reforma fiscal fue eliminar el porcentaje del cálculo de la anualidad y llevarlo a un monto nominal del salario base del trabajador. Esto se aplica no solo para nuevos empleados públicos, sino para los antiguos. 

En el documento se habla del cálculo nominal, pero solo para los funcionarios que fueron contratados después de la entrada en vigencia de la normativa. 

Antes de la reforma el gobierno reconocía por concepto de anualidad un 1,94% por cada año laborado a los empleados de categoría profesional y un 2,56% para los no profesionales. 

Por ejemplo, si un no profesional tiene un salario de ¢400 mil mensuales recibía ¢10.240 por este plus, monto que aumentaba cada vez que el salario base cambiara en los ajustes salariales.

Con la reforma fiscal el monto de la anualidad no se calculará sobre un porcentaje al salario base, sino que será un monto fijo que no cambiará y tomando como base un 1,94% para los profesionales y un 2,54% para los no profesionales.

Muñoz recordó que la ley claramente establece que a instituciones autónomas como la CCSS se aplican las reformas al empleo público: “Artículo 26- Aplicación. Las disposiciones del presente capítulo y de los siguientes se aplicarán a: 1. La Administración Central, entendida como el Poder Ejecutivo y sus dependencias, así como todos los órganos de desconcentración adscritos a los distintos ministerios, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones, y las dependencias y los órganos auxiliares de estos. 2. La Administración descentralizada: autónomas y semiautónomas, empresas públicas del Estado y municipalidades”.

 

DISCREPAN

 

Consultado sobre el reclamo del socialcristiano, el presidente ejecutivo de la CCSS, Román Macaya, dijo que discrepan de que no estén cumpliendo con la ley.

“Como institución reconocemos que no somos autónomos en empleo público, lo somos en materia presupuestaria y en la operación. Esa negociación con los sindicatos de la Caja, que se dio por tres días, fue para analizar la ley, su reglamento y ver cómo se operativiza esto dentro de la normativa de la institución”, explicó.

Recalcó que el análisis tuvo el respaldo y la asesoría de la dirección jurídica y la dirección de Recursos Humanos de la Caja para “interpretar de la manera más fiel de lo que es la ley, pero también respetando los derechos adquiridos, que son constitucionales”.

Macaya agregó que, dado que el ente rector en materia de empleo público según la ley es el Ministerio de Planificación, ellos le presentaron su interpretación a esta cartera, aunque agregó que aún no tienen reacción.

Mientras tanto Muñoz espera la respuesta de Macaya y del representante de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep), que forman parte de la junta directiva de la CCSS.

 

¿QUÉ DICE LA LEY?

 

PARA ACTUALES
 EMPLEADOS PÚBLICOS

 

•Pago de anualidad: ya no se calculará como un porcentaje del salario base, sino que será un monto nominal que no aumentará. Del 1,94% (¢1.940) para funcionarios profesionales y del 2,54% (¢2.540) para no profesionales.

•Calificación: para recibir el pago de la anualidad deberán obtener una calificación como mínimo de “muy bueno”, si no, pierden el beneficio.

 

PARA NUEVOS
EMPLEADOS PÚBLICOS

 

Además de ajustarse a las reglas de anualidad y calificación se les aplica:

•Dedicación exclusiva: un 25% para los licenciados y un 15% para quienes solo tengan bachillerato. De igual modo deben estar colegiados.

•Prohibición: un 30% para licenciados y un 15% para bachilleres. 

•Carrera profesional: solo serán reconocidos salarialmente por un plazo máximo de 5 años.

 

TOPES

 

•Cesantía: La ley fiscal aboga por un pago de cesantía ajustado a los 8 años y un máximo de 12.

•Salario del presidente: no más de ¢6.675.000.

•Salarios máximos en la Administración Pública: ¢5.340.000.

•Salarios máximos de funcionarios en instituciones en competencia: ¢8.010.000.

 

Fuente: Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

 

PERIODISTA: Bharley Quirós Navarro

CRÉDITOS: Foto: Cortesía Asamblea

EMAIL: [email protected]

Lunes 11 Marzo, 2019

HORA: 12:00 AM

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