Donación de propiedad en patrimonio familiar
La Ley a su alcance / Lic. Gerardo Morales
CONSULTA: Unos cónyuges son dueños de un medio en una propiedad, la cual fue beneficiada con bono de vivienda y está afectada al régimen de habitación familiar en beneficio de ambos, ¿pueden donar a sus dos hijos su derecho a la nuda propiedad y reservarse el usufructo o habrá algún impedimento legal por la situación de la propiedad?
RESPUESTA: Una de las condiciones para que se levante la afectación al patrimonio familiar es la solicitud concertada de ambos cónyuges. Para proceder a la donación y reserva de usufructo, deben comparecer ante notario público y hacer las tres actuaciones: estar de acuerdo ambos en hacer las donaciones, reservarse el derecho de usufructo de por vida, y luego mantener o afectar ese mismo inmueble a patrimonio familiar, con la aceptación de los donatarios.