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Opinión

Expedientes judiciales civiles ahora son públicos

La Ley a su alcance / Lic. Gerardo Morales

Consulta: Trabajo con varios abogados, que me encomiendan la revisión o copias de expedientes, para lo que me dan una autorización que presento a los tribunales. Nunca he tenido problema, pero últimamente algunos despachos me han negado las copias porque dicen que el abogado que firma la autorización no es parte. Por un colega tramitador me enteré que hay un nuevo código que hace pública esa información, lo que facilitaría mi trabajo. Solicito me le confirme.

 

Respuesta: Hace pocos meses, a mediados de este año, entró en vigencia el nuevo Código de Procedimientos Civiles. La principal característica es la oralidad, para ver si con esa forma se puede sacar adelante el gran atraso, de años, que impide que haya una justicia pronta y cumplida.

Precisamente en el artículo segundo, o 2.10, se escribe así:

“2.10 Publicidad. El proceso será de conocimiento público, salvo que expresamente la ley disponga lo contrario o el tribunal lo decida de oficio o a solicitud de parte, por cuanto las circunstancias especiales se puedan perjudicar los intereses de la justicia, los intereses de las partes o los derechos fundamentales de los sujetos procesales”.

Tengo alguna resistencia de ese nueva ventana que se abre a conflictos civiles de la vida privada porque no le veo justificación que una discusión de obligaciones, de mero derecho civil, pueda ser de conocimiento público, pues podrían los expedientes ser copiados por personas que le puedan variar el contexto, o exponer parte de conflictos que están en sede judicial, a alguna prensa que saque conclusiones erradas, pues la disciplina del derecho tiene sus propios principios, que no admite mayores especulaciones, y menos si provienen de personas con poco conocimiento de los procesos, pruebas o pretensiones.

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Viernes 14 Diciembre, 2018

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