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Sucesos

Jueces viajeros incumplieron deberes

Ratifican imposibilidad de resolver casos

  • El presidente del TAM dejó a la jueza Yamileth Rivera Rayo sin posibilidad de hacer su trabajo al no contar con el órgano completo

  • Los jueces viajaron a Canadá, aun cuando tenían trabajo rezagado

  • El abogado Joseph Rivera dijo que se está ante un presunto delito de incumplimiento de deberes

Yamileth Rivera Rayo, jueza suplente del Tribunal Administrativo Migratorio (TAM), admitió que Esteban Lemus, juez y presidente de ese órgano judicial, decidió dejarla en la presidencia porque los tres titulares y Elberth Sancho, asesor legal de Gobernación, viajaron a Canadá la semana pasada para recibir una capacitación.

“Lo que le puedo decir es que el hecho de que yo me quede aquí asumiendo como presidente es totalmente válido, o sea yo puedo actuar como presidente y puedo conocer los urgentes”, explicó Rivera, quien añadió que, al no encontrarse los demás jueces que componen el TAM, ella no podía votar.

El problema que provocó esta situación fue que Esteban Lemus, Gabriela Richards y Richard Calderón, jueces titulares del TAM, viajaron a Canadá, incumpliendo con lo que estipula la Ley General de Migración y Extranjería en su artículo 26: “…El Tribunal Administrativo Migratorio estará integrado por tres miembros propietarios y tres suplentes, quienes actuarán en caso de ausencia, impedimento, recusación o excusa de los propietarios…”.

Es decir, se debió llamar a los jueces suplentes sí o sí ante la ausencia de los titulares, lo que no ocurrió.

 

DELITO DE INCUMPLIMIENTO DE DEBERES

 

En un derecho de respuesta enviado por Lemus a DIARIO EXTRA, donde refuta todo excepto que viajaron con el salario pago por parte de Gobernación, el abogado Joseph Rivera dijo que la actuación de los jueces sería un presunto delito de incumplimiento de deberes.

“Según lo que establece la Ley de Migración y Extranjería en el artículo 26, en teoría debieron dejar a los tres jueces suplentes y no solamente a uno. Eso le toca al presidente de los jueces coordinarlo y no solo porque se dé una situación de emergencia, sino porque la ley es clara y dice ‘en ausencia’, no dice si quiero o puedo dejar a los suplentes.

Por ende, en apariencia hay un presunto incumplimiento de deberes, según los artículos 331 y 332 del Código Penal”, manifestó el experto, por lo que podrían ser sancionados con la inhabilitación de cargos públicos de 1 a 4 años o pena de prisión de 3 meses a 2 años.

Para colmo de males, según Lemus, tienen “un aproximado de 300 expedientes pendientes de estudio y resolución en apelación, únicamente en materia de refugio y en materia de extranjería tiene mora cero”.

Es decir, no solo no designan a los suplentes, sino que ante una crisis migratoria se dan el lujo de irse de viaje y no sacar el trabajo de rezago pendiente, aun con la posibilidad de que la ley los faculta para dejar a los suplentes haciendo dicho trabajo.

DIARIO EXTRA buscó la versión del Michael Soto y Víctor Barrantes, ministro y viceministro de Gobernación, respectivamente, pero ninguno contestó las llamadas.

PERIODISTA: Alexander Méndez

CRÉDITOS: Fotos: Johanfred Bonilla

EMAIL: [email protected]

Miércoles 17 Octubre, 2018

HORA: 12:00 AM

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