Sábado 18, Mayo 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Nacionales

Dejan portillo para cobro de renta a solidaristas

Proyecto 20.580 deroga exoneración a las asociaciones

El año anterior las asociaciones solidaristas movieron más de ¢561 mil millones entre sus afiliados por excedentes

El proyecto de reforma fiscal deja un portillo abierto para cobrar renta a las asociaciones solidaristas, más allá del impuesto sobre excedentes. 

El término “asociaciones solidaristas” fue borrado del capítulo de exoneraciones. Se eliminó el inciso E del artículo 3 de la Ley de Renta.  Es así como la administración tributaria podría interpretar que puede cobrar renta a cualquier asociación sobre sus utilidades. 

Francisco Ovares, socio director de Moore Stephens International y expresidente del Colegio de Contadores Públicos, considera que el Ministerio de Hacienda debería hacer una aclaración.  “Con la derogatoria, pareciera como que todas las asociaciones solidaristas entrarán a tributar como si fueran empresas. Hay un vacío que queda libre a la interpretación”, dijo. A criterio del experto, a como está redactado el proyecto Tributación podría aplicar la norma sin tomar en cuenta lo acordado con las asociaciones, cobrando hasta un 30% de renta sobre utilidades. 

Considera que, para el caso de las cooperativas, el tema se está tratando con mayor claridad y el legislador no debe obviar el fin social de las asociaciones solidaristas. 

Guido Alberto Monge, vicepresidente del Movimiento Solidarista, indicó que el acuerdo con Hacienda fue que se puedan gravar con renta solo a aquellas asociaciones que realizan actividades lucrativas, y ninguna lo hace. 

Monge explicó que se daría una actividad lucrativa únicamente si una asociación vendiera a terceros, pero eso no aplica cuando se hace a lo interno, entre asociados. 

“Todo lo que se vende y se coloca en créditos pasa a un fondo que se distribuye al final del año y se considera excedente, no es una ganancia. Por eso Hacienda nos exoneró, ellos entienden que los solidaristas no tenemos una actividad lucrativa”, agregó. 

Nogui Acosta, viceministro de Ingresos de Hacienda, comentó que “nuestra interpretación es que las actividades empresariales, que realicen todas las empresas, sociedades, fundaciones o cualquier otra figura, deben pagar renta por su actividad comercial o productiva. En este caso es sobre las actividades comerciales que realice la asociación solidarista”.

 

 

¿QUÉ DICE LA LEY ACTUAL?

Estas son las entidades que no pagan renta, según lo dispuesto en la Ley 7.092. Lo que la reforma fiscal hace es eliminar del todo el inciso E del artículo 3, que se detalla a continuación. 

Entidades no sujetas al impuesto sobre la renta:

a) El Estado, las municipalidades, las instituciones autónomas y semiautónomas y las universidades estatales.

b) Los partidos políticos y las instituciones religiosas. 

c) Las empresas acogidas al Régimen de Zonas Francas.

ch) Las organizaciones sindicales, fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública por el Poder Ejecutivo.

d) Las cooperativas constituidas con la Ley 6.756. 

e) Las asociaciones solidaristas.

Fuente: Extracto de la Ley 7.092

 

¿Y CÓMO QUEDÓ?

 

Los solidaristas acordaron que paguen renta únicamente las asociaciones que tengan actividad lucrativa y según dicen ninguna lo hace. El otro acuerdo fue gravar los excedentes con base en la siguiente escala:

5% hasta por el equivalente a un salario base de excedentes. 

7% sobre el exceso de un salario base y hasta dos salarios base.

10% sobre el exceso de dos salarios base. Para el primer año de entrada en vigencia de esta ley, se iniciará con una tarifa del 7% y aumentará un punto cada año.

Fuente: Movimiento solidarista

 

 

Francisco Ovares

Expresidente Colegio de Contadores Públicos

 

“A como está redactado pareciera como que todas las asociaciones solidaristas entrarán a tributar como una empresa con hasta un 30% de impuesto sobre la renta. Hay un vacío que queda libre a la interpretación”.

 

Guido Alberto Monge

Vicepresidente Movimiento Solidarista

 

“El acuerdo con el Ministerio de Hacienda fue que se puedan gravar con renta solo aquellas asociaciones que realizan actividades lucrativas y ninguna lo hace”.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Fotos: Archivo

EMAIL: [email protected]

Martes 16 Octubre, 2018

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA