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Opinión

Reconocimiento de hijo de mujer casada

La Ley a su alcance / Lic. Gerardo Morales

CONSULTA: Estimado licenciado, en un proceso de reconocimiento de hijo de mujer casada se dio una sentencia e indica que se autoriza al promovente para que pueda acudir a la vía notarial o administrativa a reconocer a su hija, ¿cómo procede en ambos casos?

 

RESPUESTA: Al existir una sentencia sobre la paternidad de mujer casada, lo que debió ocurrir es que se impugnó el apellido que no corresponde, que sería el del esposo por la presunción de procreación dentro de matrimonio. 

Solventado esto, el reconocimiento notarial sería mediante acta de reconocimiento del padre biológico, elaborada por notario privado. En la vía administrativa, por reconocimiento expresado por el padre biológico ante las autoridades del Registro Civil.

 

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Martes 13 Marzo, 2018

HORA: 12:00 AM

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