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Opinión

La prisión preventiva en caso de condena o absolutoria

Lic. Gerardo Morales

Consulta: He visto con frecuencia que a los acusados, los fiscales les piden prisión preventiva.

Entiendo que es una medida provisional, para avanzar en la investigación. Pero la duda es ¿qué pasaría en el caso de que la persona fuera inocente al final o cuando sí es condenada?

 

Respuesta: Entre las medidas que se toman al principio de una investigación por un posible delito, está la orden del juzgado de garantías, para que el acusado o imputado no se comunique con testigos o víctima. Firmar cada determinado tiempo para que el juzgado y la fiscalía sepan que se mantiene ligado al proceso. En determinados casos de violencia, se le restringe o se le cambia el lugar de residencia.

La medida más llamativa, pero no es la más frecuente por su impacto en la vida económica y familiar del acusado, es la prisión preventiva.

En el caso de condenatoria, con pena de prisión, los días pasados en prisión preventiva se toman en cuenta como parte de la condena.

Si es absuelto, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, le permite al inocente reclamar una indemnización por el daño sufrido, y este reclamo es contra el estado costarricense.

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Miércoles 08 Noviembre, 2017

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