Jueves 02, Mayo 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Nacionales

No puede despedirse a educadora casada con alumno

Según Servicio Civil

El Tribunal del Servicio Civil consideró improcedente despedir a la educadora que se casó con su alumno de 15 años en julio de 2016

El Tribunal de Servicio Civil declaró improcedente la solicitud de despido formulada por el Ministerio de Educación Pública (MEP) contra la educadora del Colegio Técnico Profesional de San Isidro de El General, que se casó, el 4 de julio de 2016, con un estudiante de 15 años, de ese mismo centro.

Así lo consigna en la resolución 12.836 del 29 de agosto de 2017, donde se indica que a la fecha del hecho, “el matrimonio de una persona menor de edad con otra persona adulta era un acto potestativo, jurídicamente viable siempre que el matrimonio fuera autorizado por alguno de los padres o el representante legal del menor (como ocurrió en este caso) y que en consecuencia, la educadora no había incurrido en falta alguna que ameritara su destitución, por lo que la liberó de toda responsabilidad”, resolvió el tribunal. 

Por su parte el MEP respeta lo resuelto, pero no comparte dicha argumentación, “porque en este caso, la persona adulta que contrae matrimonio con el menor, no es una persona civil cualquiera, sino una profesional de la educación que conforme dispone la Ley Fundamental de Educación y la Ley de Carrera Docente, debe ‘observar, dentro y fuera del plantel, una conducta acorde con los principios de la moral y las buenas costumbres’.

 ‘Ejercer una acción directa y sistemática en la formación de la personalidad del educando, que lo capacite para vivir conforme a los valores superiores del hombre y de la sociedad’; ‘atender a los educandos con igual solicitud, preocupándose por superar sus diferencias individuales y aprovechar toda ocasión para inculcar en ellos los principios de la moral’, subraya una nota suscrita por el MEP ante la consulta de DIARIO EXTRA.

Para el MEP, la decisión del tribunal sienta un precedente negativo, que deja en indefensión a las personas menores de edad, e impunes los eventuales abusos de los adultos que deben protegerlos, por su condición de profesionales docentes. La cartera solicitará, en los próximos días, a la Procuraduría General de la República que interponga las acciones judiciales necesarias para que un juez anule la resolución y en su lugar ordene continuar con los procedimientos administrativos para la separación de la educadora. 

Entre tanto, se instruyó a la Dirección de Recursos Humanos para que mantenga reubicada a la profesora, con un cambio de funciones y no entre en contacto con estudiantes mientras no medie una resolución judicial.

PERIODISTA:

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL:

Jueves 14 Septiembre, 2017

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA