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Nacionales

Ley Extinción de Dominio aún preocupa a Defensa Pública

Advierte que ticos perderían sus bienes de forma arbitraria

Marta Iris Muñoz, directora de la Defensa Pública, advirtió en comisión legislativa errores de la propuesta

En medio de la polémica sobre la pertinencia de aprobar el proyecto de Ley de Extinción de Dominio, como una herramienta de lucha contra el crimen organizado, la Defensa Pública vuelve a alertar sobre artículos que considera exponen a los costarricenses incluso a perder sus bienes sin necesidad de probar delito alguno. 

Previo al dictamen del proyecto, en audiencia con la directora de la Defensa, Marta Iris Muñoz, ya se había advertido sobre la inconstitucionalidad de la propuesta, que busca quitar los recursos económicos a las estructuras ligadas a actividades ilícitas como el narcotráfico. 

Pese a las mejoras que se le han dado al texto, ante la consulta de DIARIO EXTRA, el órgano del sistema de justicia enfatiza riesgos que considera aún mantiene el proyecto.  

“Nos sigue preocupando aún, la inversión de la carga de la prueba o la llamada modalidad de carga dinámica de la prueba, reguladas en el artículo 13 del proyecto de ley, en conjunto con la falta de regulación del in dubio pro persona, ya que esto implica que el Estado no necesita probar ningún delito como origen de la adquisición de un bien, por lo cual solamente necesita que la persona perseguida no tenga las pruebas suficientes en su favor. 

Lo anterior puede generar que las pretensiones de extinción de dominio sobre los bienes de los y las costarricenses se puedan lograr a pesar de existir dudas razonables sobre la procedencia lícita o ilícita de los bienes en controversia”, detalla la Defensa.

 

SUGERENCIAS

 

Como informó este medio, ante las discrepancias los legisladores descuentan un plazo de 45 días para intentar resolver las dudas sobre la propuesta. 

Una de las sugerencias de la Defensa, para evitar la “confiscación arbitraria”, es que se incluya una cláusula denominada “in dubio pro persona”, es decir que la duda favorezca al individuo investigado. 

Otro de los señalamientos es que debería eliminarse la causal de “crecimiento de patrimonio injustificado”. 

Según detalla, contrario a obligar establecer un vínculo con actividades ilícitas, “en el caso de esta causal, no es necesario ningún ligamen a una actividad delictiva previa, por lo cual el Ministerio Público no necesita aportar indicio o prueba alguna que relacione al bien con alguna actividad delictiva, bastándole únicamente la denuncia en contra del crecimiento del patrimonio de una persona”.

Además critica que bajo este motivo -de un aumento de bienes sin justificación-hay una visión retrospectiva de ley, que significa que se pueda cuestionar desde el momento en que se dio el ingreso. 

“Lo que podría permitir que se cuestione y se extinga un bien que se adquirió hace 50 años por ejemplo, lo cual no es solo irracional por el lapso excesivo de tiempo, sino que además acarrea una complejidad probatoria considerable, ya que la persona señalada tendría que buscar pruebas que datan de 50 años.

Con la complejidad adicional que genera, el poco tiempo que otorga el proyecto de ley -10 días hábiles- para que la persona ofrezca su prueba de descargo”, agrega la Defensa Pública. 

La Defensa también critica que pueda debilitarse las garantías penales al establecer una autonomía procesal de la jurisdicción de Extinción de Domino. 

Según conoció El Periódico de Más Venta en Costa Rica, la Defensa Pública enviará a los diputados una lista de cambios que recomienda le deberían aplicar a la iniciativa.

 

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Lunes 29 Mayo, 2017

HORA: 12:00 AM

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