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Opinión

Los permisos para portar armas impiden su decomiso

Lic. Gerardo Morales

Consulta: Soy portador de un arma de fuego para protección personal. Tengo todos los documentos en regla tal como lo establece la ley. ¿Cuál sería mi situación en caso que me detenga la policía en algún reten de rutina? ¿La ley actual les permite decomisármela aun teniendo todos los documentos en regla? Si esto sucede, ¿perdería mi arma o cuáles son los pasos a seguir para recuperarla?

Respuesta: El Estado restringe la tenencia de armas, al igual que prohíbe la venta de guaro. Para eliminar las limitaciones en los dos o más casos que hay, se debe obtener una licencia. En el caso de bebidas alcohólicas, varios requisitos se deben llegar, como tener un local que esté ubicado dentro de la reglamentación de venta de licores, cumplir con las leyes vigentes sobre atención de personas con alguna discapacidad, respetar los horarios y tener la aprobación del Ministerio de Salud, municipalidad y ostentar una licencia o patente de venta de licores.

Lo de armas es parecido: se requieren condiciones para la compra, luego para el registro ante Armas y Explosivos de Seguridad Pública, para matricularla. Anejo a esto, la autorización para la portación, con sus propios requisitos de aprobar un curso de manejo de armas, pasar el examen sicológico y obtener el permiso de portación.

Normalmente, solo se decomisan armas a las personas que las tienen en orden, por la ocurrencia de un hecho violento que se investiga, para la comparación con fines de investigación. Pero mientras eso no ocurra, portar el arma, matriculada, con las características permitidas y el permiso de portación evitando todo acto de ostentación, no debería justificar un decomiso temporal, y menos la pérdida del adminículo. En los casos de investigación que la retengan, debe existir un acta detallada y su devolución se hará en cuestión de días, un par de semanas, si se requiere algún descarte por una investigación concreta.

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Miércoles 17 Mayo, 2017

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