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Nacionales

Presidente de Sala III avala reforma para quitar diputados

En caso de violar el principio de probidad

El magistrado Carlos Chinchilla compareció ante la comisión especial que estudia la reforma al artículo 112 de la Constitución Política

El magistrado Carlos Chinchilla, presidente de la Sala de Casación Penal (Sala III), compareció ante los diputados que estudian la reforma constitucional que permitirá cancelarles las credenciales a diputados que incurran en una violación al principio de probidad. 

Dicha reforma consiste en una modificación al artículo 112. Desde 2008 la Sala Constitucional se ha pronunciado sobre el vacío legal para sancionar legisladores, por la violación de dicho principio. 

“La reforma que se pretende es muy oportuna, muy atinada, con muy buen contenido. Hoy en día hay una laguna, un vacío con respecto al incluir el deber de probidad como causal para la pérdida de la credencial del diputado, por eso la reforma constitucional es esencial, y es básica. 

Sin esa reforma no es posible hacer ninguna sanción, y eso ya lo ha dicho la Sala Constitucional” recalcó el magistrado.

Con esta modificación el artículo establecería: “La función legislativa es también incompatible con el ejercicio de todo otro cargo público de elección popular. Los diputados no pueden celebrar, ni directa ni indirectamente o por representación, contrato alguno con el Estado, ni obtener concesión de bienes públicos que impliquen privilegio, ni intervenir como directores, administradores o gerentes en empresas que contraten con el Estado, obras, suministros o explotación de servicios públicos. La violación de cualquiera de las prohibiciones consignadas en este artículo o en el anterior, producirá la pérdida de la credencial del diputado. Lo mismo ocurrirá si en el ejercicio de un ministerio de Gobierno, el diputado incurriere en alguna de esas prohibiciones. La observancia del principio de probidad es de acatamiento obligatorio. La violación comprobada de dicho principio, de acuerdo con la ley, producirá la pérdida de la credencial del diputado. La ley podrá establecer nuevas causales que produzcan la pérdida de la credencial de los diputados”.

El magistrado advirtió que también es necesario una modificación al artículo 262 del Código Electoral, que establece las disposiciones para la cancelación de credenciales de miembros de los supremos poderes. 

“Lo que sí se podría mejorar es el procedimiento para llegar a una sanción, en este caso hablamos del artículo 262 del Código Electoral.

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Viernes 12 Mayo, 2017

HORA: 12:00 AM

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