Los reclamos o apelaciones a las multas de tránsito ahora se podrán hacer a través de fax o correo electrónico luego de que este martes se publicado un decreto en La Gaceta que permite dicha acción.
De esta manera los conductores, peatones o ciclistas sancionados y que estimen injusta o improcedente la boleta de la Policía de Tránsito podrán usar esos medios para su derecho al reclamo.
El correo electrónico al que las personas pueden enviar sus observaciones es el recepció[email protected], mientras que el número de fax depende de la localidad donde se pretende realizar el trámite (aparecen en las fotos que ilustran la noticia).
El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) fue claro con las instrucciones para que no hayan confusiones a la hora de pasar la información.
“En el caso del correo electrónico, deberán llevar firma digital, es decir, no es válido un correo puro y simple. Adicionalmente, se deberá aportar una copia de la cédula, que puede ser un escaneo y las pruebas con las que sustentan su impugnación. Tanto la cédula y las pruebas deberán ir numeradas como anexos y estos documentos no podrán sobrepasar las 10 megas de peso”, aclaró el MOPT.
Por su parte, “ el fax, tendrá que ser legible, y se debe adjuntar la copia de la cédula y enumerar las pruebas que desee aportar. Si el fax no pasa completo o no es legible, se le hará una prevención al interesado, para que en un plazo máximo de 3 días hábiles presente la documentación de forma correcta”, explicaron.
Actualmente, el Consejo tramita unas 50.000 apelaciones.
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Miércoles 18 Noviembre, 2015
HORA: 05:09 PM