Tomar bebidas alcohólicas en horas laborales o guardar las botellas con licor en el espacio de trabajo está regulado para empleados públicos o privados, pero para los diputados de la República no hay restricción.
Los legisladores pueden consumirlo, sin temor a ser sancionados. El director ejecutivo del Congreso, Antonio Ayales, explicó a DIARIO EXTRA, que está imposibilitado para aplicar alguna medida disciplinaria a los Padres de la Patria.
Los diputados debían crearse su propio régimen sancionatorio, según les ordenó Sala Constitucional tenían como plazo máximo al 2013, pero siguen sin elaborarlo.
“El diputado no tiene relación laboral con la Asamblea, el diputado no es empleado de la Asamblea. La Asamblea no tiene ningún régimen disciplinario para los diputados.
La Sala Constitucional en el año 2010, en una resolución dijo que le daba 3 años a la Asamblea, para que aprobara su propio régimen disciplinario, sancionatorio, y no lo han hecho” explicó Ayales.
Añadió, que la fiscalización es inviable, pues “en el despacho del diputado solamente con una orden judicial se puede allanar”.
MOJITOS Y SANCIONES
El consumo de la tradicional bebida cubana “mojitos” por parte de los diputados, en horas laborales, como reveló DIARIO EXTRA, puso en evidencia la ausencia de regulaciones.
Erick Briones, asesor legal del Ministerio de Trabajo, explicó que el Código de Trabajo, en su artículo 72, establece que queda absolutamente prohibido a los trabajadores, prestar el servicio al patrono en estado de embriaguez o incluso bajo cualquier otra condición análoga”
“Si yo detecto que una persona está trabajando en estado de embriaguez, inmediatamente como patrono debo tomar las medidas pertinentes ¿Cuáles son? Primero que la persona no siga trabajando, segundo una amonestación por escrito. Si no acata la orden y mañana la vuelvo a ver en ese mismo en estado, podría yo con base a la amonestación abrirle un proceso disciplinario o una suspensión, e incluso más allá el despido”.
Pero, si se trata de el consumo de una bebida alcohólica, que no genere una condición de embriaguez, la prohibición se genera por regulaciones internas, en la que procede, según Briones, una amonestación,
En el caso del Congreso, Ayales enfatizó que el resto de funcionarios tienen prohibido el consumo “si hay pruebas evidentes hay que abrir un órgano”. Donde no hay mayor control es en el consumo de bebidas durante el espacio del almuerzo, según el asesor legal no cabría una sanción.
“Siento que dentro de los 40 minutos, hora o media hora que le de cada institución o el sector privada, el hecho que yo me vaya a tomar un vinito con una pizza es mi razón de ser. Lo que vería mal es lo que esté trabajando, atendiendo, y que yo esté en mi oficina con una botellita de licor”, explicó.